Sociedad

¿Se puede desheredar a un hijo por maltrato?

Marta Jurado

Miércoles 14 de junio de 2023

ACTUALIZADO : Miércoles 14 de junio de 2023 a las 11:33 H

5 minutos

Una reciente sentencia del Supremo reabre el debate sobre las causas legales de desheredación

Causas por las que se puede desheredar a un hijo
Marta Jurado

Miércoles 14 de junio de 2023

5 minutos

El Tribunal Supremofalló en 2019 a favor de una mujer que solicitaba desheredar a sus dos hijos por maltrato psicológico, que unido a sentencias previas, abrió la puerta a una mayor reinterpretación del maltrato a nivel penal. Una situación regulada por el artículo 853 del Código Civil que se refiere al "maltrato de obra o injuria grave de palabra", y que poco a poco está abriendo el foco al entender como maltrato otras causas como el menosprecio o el abandono a los mayores. En País Vasco y Cataluña ya se está avanzando para facilitar estos trámites sin necesidad de alegar causa probada y disminuir el porcentaje obligatorio de herencia forzosa a los hijos.

"En los últimos años se está produciendo un cambio social en el que ha aumentado el número de situaciones de agresividad de hijos a padres y no solo adolescentes sino también a mayores. También una mayor conciencia sobre estos tipos de maltrato, como ocurre con la Violencia de Género", asegura el notario Manuel Rueda Palacios. Pero en España no existe un protocolo específico de maltrato a personas mayores, por lo que en muchas ocasiones se trata de una situación invisible, que no se denuncia y que según datos de la OMS afecta a 1 de cada 10 personas en todas sus variantes que pueden ir desde los insultos al aislamiento. Pero los expertos alertan de que cada caso debe revisarse como único. 

Motivos legales para desheredar

Lo cierto es que desde que el Tribunal Supremo empezó a tener en cuenta estos casos en 2014, se ha producido un aumento de los padres que consultan a los expertos los motivos y posibilidades para desheredar a un hijo. Según el Observatorio Jurídico de Legálitas (@Legalitas_ES), este porcentaje se ha incrementado cerca de un 18% en los últimos años, abriéndose la posibilidad de privar a un hijo de la parte obligatoria de la herencia conocida como 'legítima', que corresponde a las dos terceras partes. Pero desheredar a un hijo es una decisión difícil de tomar, aun cuanto esté justificada. 

Las causas específicas para desheredar a los hijos y descendientes son, según el artículo 853 del Código Civil:

  1. Haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.
  2. Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra.

Otro caso diferente que está regulado en el artículo 756 es el de la indignidad, con delitos probados graves:  

  • El que fuera condenado en juicio por haber atentado contra la vida del testador, de su cónyuge, descendientes o ascendientes. Si el ofensor fuere heredero forzoso, perderá su derecho a la legítima.
  • El que fuera acusado al testador de delito al que la ley señale pena no inferior a la de presidio o prisión mayor, cuando la acusación sea declarada calumniosa.
  • Con amenaza, fraude o violencia, que obligare al testador a hacer testamento o a cambiarlo.
  • El que por iguales medios impidiere a otro hacer testamento, o revocar el que tuviese hecho, o suplantare, ocultare o alterare otro posterior.

Privar a un hijo de la herencia legítima

Los hijos tienen derecho según el Código Civil que se aplica en la mayor parte de España a las dos terceras partes de la herencia del padre y de la madre, en concepto de herencia legítima. Por contra, "la desheredación es la disposición testamentaria por la que se priva a un heredero forzoso de su derecho a 'legítima', en virtud de una justa causa determinada por la ley", según confirma Asunción Santos, abogada de Legálitas. "Pero a los padres les cuestan mucho, tanto denunciar, como cambiar el testamento. La mayoría de los casos se producen porque los otros hijos presionan", expone Santos.

Por lo tanto, es necesario en la mayoría de los casos que la desheredación conste en el testamento y esté justificada por alguna de las causas que aparecen en el Código Civil. Tan solo el País Vasco, desde 2015, plantea que se pueda llevar a cabo sin alegar causa probada. Cataluña está estudiándolo en un anteproyecto de ley ante la mayor concienciación sobre el asunto.

Causas por las que se puede desheredar a un hijo

"Es decir que, en la mayor parte de España, si hoy yo no quiero dejar nada a mi hijo tengo que alegar el motivo por el cual le privo de ese derecho y si no está de acuerdo tendrá que probarlo una vez que se levante el testamento", explica el notario Manuel Rueda. "Esto creaba problemas prácticos enormes en los juzgados y en las familias, por lo que ahora se ha ampliado el espectro a partir de las sentencias del Supremo y ahora solo hay que justificar el mal trato prolongado con alguna denuncia o testigos", añade el notario afincado en Vitoria. 

¿Qué pasaría después?

Si la desheredación es justa, el desheredado perderá su derecho al porcentaje de la herencia legítima. Otro de los puntos que se debe aclararar es que "la desheredación afecta solo al desheredado, es decir que en ningún caso se extienden sus efectos a sus hermanos o hijos o descendientes, que ocuparán el lugar del desheredado y conservarán los derechos", apuntan desde Legálitas. Por lo tanto, los nietos ocuparían el lugar. 

Si por el contrario se demuestra que es injusta o no se puede probar, el heredero tendrá derecho a recibir el porcentaje de su herencia proporcional. "En este cao no se puede perjudicar la legítima", señala Asunción Santos.

Lo que queda claro es que el Código Civil de 1889 es, según los expertos, se ha tocado muy poco y se ha quedado "arcaico", por lo que coinciden en que es necesario que se adapte a las nuevas realidades sociales. "Se producen más casos ahora porque la sociedad ha ido perdiendo el respeto tradicional a los mayores, pero también por una mayor conciencia que produce un efecto llamada, afirman desde Legálitas. 

Sobre el autor:

Marta Jurado

Marta Jurado

Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.

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