Hacienda vigila las retiradas de efectivo en cajeros automáticos a partir de esta cantidad

La Agencia Tributaria endurece el control del dinero en efectivo

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Hacienda ha reforzado la supervisión sobre las operaciones en efectivo realizadas en los cajeros automáticos, especialmente en las que superen los 3.000 euros. Este seguimiento se llevará a cabo junto a las entidades bancarias y del Banco de España, con el objetivo de detectar posibles irregularidades fiscales.

Si bien los pagos digitales son cada vez más comunes, muchas personas todavía siguen utilizando dinero en efectivo en su día a día. Esta situación ha hecho que la Agencia Tributaria aumente el control sobre los movimientos de dinero, tanto en ingresos como en retiradas, para identificar algunas operaciones que pueden parecer sospechosas.

Hacienda vigilará las retiradas de más de 3.000 euros en cajeros automáticos

Control desde los 1.000 euros

En España no hay un límite legal para retirar dinero en efectivo de los bancos. Sin embargo, cuando un cliente extra o ingresa 1.000 euros o más, la entidad bancaria está obligada a identificar el titular de la cuenta y comunicar la operación a Hacienda.

El nivel de vigilancia es mayor cuando la cantidad supera los 3.000 euros. En estos casos, se podría activar una alerta automática y derivar en una investigación fiscal. Además, los bancos indican que los ingresos superiores a esa cifra o los que incluyen billetes de 500 euros son comunicados automáticamente a la Agencia Tributaria.

La normativa aparece recogida en la Orden Ministerial EHA/98/2010, cuyo artículo 4 indica:

“Las entidades de crédito y las demás entidades que, de acuerdo con la normativa vigente, se dediquen al tráfico bancario o crediticio (…) deberán incluir en la declaración informativa de las imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento, cuando su importe sea superior a 3.000 euros (…) los siguientes datos referidos a las operaciones realizadas:

  • Nombre y apellidos o razón social o denominación completa y número de identificación fiscal de quien realiza la operación.
  • Fecha de la operación.
  • Carácter de imposición, disposición, cobro o pago.
  • Importe en euros de la operación realizada.
  • Número de cuenta en la que se realizan los correspondientes cargos o abonos.”

Para evitar posibles sanciones, los expertos recomiendan solicitar un justificante oficial al banco cuando se manejen cantidades elevadas de dinero en efectivo. Este documento puede servir para aclarar el origen o destino de los fondos en caso de que Hacienda solicite información adicional.