Economía

Cuándo entra en vigor la reforma del subsidio de paro para mayores de 52 años

Pepa Montero

Foto: Europa Press

Viernes 10 de mayo de 2024

7 minutos

Novedad: el paro contributivo será compatible con trabajar, si el salario es menor a 1.350 €

Cuándo entra en vigor la reforma del subsidio de paro para mayores de 52 años
Pepa Montero

Foto: Europa Press

Viernes 10 de mayo de 2024

7 minutos

Así queda la reforma del subsidio de paro: mayores cuantías y compatibilidad del paro con un salario

Yolanda Díaz: "No es ninguna paguita, es un derecho"

 

El acuerdo para la reforma del subsidio de desempleo, recién firmado entre la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, y los secretarios generales de los sindicatos UGT y CCOO, Pepe Álvarez y Unai Sordo, respectivamente, introduce un aumento de la cuantía de esta ayuda (actualmente de 480 euros al mes) que se realizará por tramos, además de ampliar el colectivo de las personas beneficiarias.

Otra de las novedades es que el Gobierno dejará que los titulares puedan compatibilizar tanto el subsidio asistencial como la prestación contributiva de desempleo, con la realización de un trabajo. 

Díaz pretende aprobar estas medidas vía Real Decreto en el Consejo de Ministros de dentro de dos semanas, para que puedan ser convalidadas en el Parlamento en breve plazo de tiempo. Una vez sancionada, esta reforma entraría en vigor con carácter general en noviembre de 2024. Hay que recordar que el Congreso de los Diputados rechazó en enero pasado la anterior reforma propuesta por el Ejecutivo (entonces no se negoció con los agentes sociales), con los votos en contra de PP, Vox y Podemos.

Compatibilidad del empleo con subsidio y prestación

En el caso del subsidio de paro (su duración seguirá siendo de 30 meses), la compatibilidad será por un periodo máximo de 180 días por cada nuevo empleo a tiempo completo o parcial, sin reducción de la cuantía.

Por lo que respecta a la prestación contributiva de paro, se podrá compatibilizar con un empleo tras un año, y siempre que el salario no supere el 225% del Iprem (1.350 euros al mes). Todavía quedan por definir detalles de esta medida, pero la idea, en principio, es que sea opcional para el desempleado, de forma que si encuentra un trabajo, pueda decidir si suspende la prestación (pudiendo retomarla tras finalizar su empleo) o si la va consumiendo al simultanearla con un salario. Esta medida operaría a partir de 2025, y su objetivo es evitar que el paro "se enquiste", según el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey.

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Sin mes de espera entre prestación y subsidio

Según lo firmado entre los sindicatos y el Gobierno, habrá una simplificación de los trámites administrativos para acceder al subsidio, por ejemplo, con la eliminación del mes de espera para las personas que hayan agotado su prestación contributiva y quieran solicitar el subsidio. Así, la ayuda se podrá cobrar desde el primer día.

Se mantiene además en el 125% del salario mínimo interprofesional (SMI) la base de cotización para los subsidios de mayores de 52 años, frente a la rebaja que introducía la primera reforma y que motivó el rechazo de Podemos a la misma al considerar que se recortaban los importes de la pensión futura. Con esta decisión, se allana el camino para que la reforma reciba el visto bueno en el Parlamento.

Quiénes pueden acceder a estas ayudas

Además de los mayores de 52 años, cuyo subsidio tiene unas características concretas, a los nuevos subsidios por desempleo diseñados por Díaz podrán acceder, como novedad, las personas víctimas de violencia de género o sexual desde los 16 años, así como emigrantes retornados, además de ampliarse a los menores de 45 años sin cargas familiares y a los trabajadores eventuales agrarios de todo el Estado (unos 200.000, según cálculos sindicales).

Asimismo, los residentes en Marruecos que hayan desempeñado su última relación laboral en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, amparados por autorización de trabajo para trabajadores transfronterizos, podrán acceder a la protección por desempleo de nivel contributivo sin necesidad de acreditar residencia en España, siempre que reúnan todos los requisitos establecidos en la legislación aplicable y en las condiciones que se establezcan reglamentariamente.

Los subsidios parciales se cobrarán íntegros

La reforma acordada con los sindicatos UGT y CCOO contempla eliminar los subsidios parciales para quienes hubieran trabajado a tiempo parcial, pudiendo cobrarlos íntegros, al tiempo que permitirá que las personas con menos de 12 meses cotizados (que son los necesarios para acceder a una prestación contributiva) puedan acceder al subsidio (esta medida beneficiará a los jóvenes fundamentalmente).

Se facilita el requisito de insuficiencia de rentas para las personas que acceden al subsidio, al permitir el acceso tanto por insuficiencia de rentas personales como de la unidad familiar, alternativamente, y se ampliará la cobertura al permitir el acceso de las parejas de hecho a la unidad familiar.

Sube la cuantía: 570 euros durante 6 meses

El acuerdo entre el Gobierno y los sindicatos (pendiente de que sea aprobado en el Consejo de Ministros y en el Congreso de los Diputados) supone una mejoría de las cuantías de los subsidios durante los 12 primeros meses de percepción, en tres tramos:

- El subsidio será del 95% del Iprem durante los primeros 6 meses de cobro, lo que supone 570 euros mensuales (con el Iprem actual).

- El 90% del Iprem durante los siguientes 6 meses, lo que se traduce en 540 euros al mes.

- El 80% del Iprem (como sucede en la actualidad) durante el resto de la duración de la prestación, es decir, 480 euros al mes.

Los mayores de 52 seguirán cotizando el 125% del SMI

Una de las grandes ventajas de este acuerdo para los desempleados mayores que cobren el subsidio es que, finalmente, se mantendrá en el 125% del salario mínimo interprofesional (SMI) la base de cotización para los mayores de 52 años, frente al recorte que introducía la primera reforma realizada por Yolanda Díaz, y que fue lo que motivó el bloqueo de Unidas Podemos en el Congreso de los Diputados, por considerar que se recortaba la pensión futura de estos desempleados, normalmente, de larga duración.

Esta modificación, a favor de los parados, facilita la próxima aprobación de la reforma en el Parlamento, a pesar de que no haya sido firmada por la patronal CEOE y Cepyme.

Pasarela con el IMV y otras claves de los subsidios

Según detalla el sindicato UGT, las principales modificaciones respecto al fallido Real Decreto Ley 7/2023 son las siguientes:

- Se regula una pasarela entre el subsidio y el Ingreso Mínimo Vital (IMV), que será una herramienta de colaboración para trasladar las prestaciones del SEPE al INSS. La reforma permitirá que aquellos que están cobrando subsidios puedan agotar sus prestaciones actuales y, posteriormente, pasar a incorporarse en el IMV. De esta pasarela quedan excluidas las víctimas de violencia de género y los emigrantes retornados, que se mantendrán en el subsidio.

- Se introduce como causa de suspensión del subsidio que los trabajadores fijos discontinuos sean llamados a reiniciar su actividad y no se reincorporen a su puesto de trabajo, salvo causa justificada.

- Unificación de la protección por desempleo de las personas trabajadoras eventuales agrarias, reconociendo su derecho al subsidio por desempleo.

- Se establece un régimen de compatibilidad entre los subsidios agrarios de Andalucía y Extremadura con los del Régimen General y, adicionalmente, se compromete una reducción de las jornadas reales requeridas para acceder a los primeros como consecuencia de la sequía.

- Se establece un mecanismo de reserva de políticas activas de empleo para mayores de 52 años, destinando una parte de los fondos de empleo a estas personas.

Sobre el autor:

Pepa Montero

Pepa Montero

Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).

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