Economía familiar

Por qué si eres nuevo jubilado tienes que hacer la declaración de la renta

Olga Selma

Foto: BigStock

Sábado 24 de abril de 2021

ACTUALIZADO : Sábado 24 de abril de 2021 a las 9:56 H

3 minutos

Cómo puede afectar a tu declaración el haber tenido dos o más pagadores durante el pasado año

Por qué si eres nuevo jubilado tienes que hacer la declaración de la renta
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Sábado 24 de abril de 2021

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Muchos nuevos jubilados están obligados a presentar la declaración de la renta al contar con dos pagadores, su empresa y la Tesorería General de la Seguridad Social.

El hecho de tener obligación de presentar la declaración de la renta o estar exento, nada tiene que ver con ser jubilado, ya que las pensiones de jubilación están consideradas rendimientos del trabajo y, por tanto, son ingresos sujetos a IRPF que se debe declarar.

Entonces, al haber dos pagadores, puede ser un contribuyente que no estaría obligado a hacer la declaración de la renta dado que no llega al mínimo para ello, pasaría a hacer la declaración.

Con carácter general, los contribuyentes tienen que presentar declaración por IRPF cuando sus rendimientos del trabajo superan los 22.000 euros. Ahora bien, cuando cuentan con dos o más pagadores, ese límite se reduce a 14.000 euros si el importe percibido por el segundo y restantes pagadores supera los 1.500 euros

Las altas en pensiones de jubilación o de clases pasivas llevan a muchos trabajadores a tener dos pagadores en el último ejercicio, que, además, no se pueden acoger al fraccionamiento de los pagos en seis meses como aquellos que han estado en ERTE.

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Pensiones menores de 22.000 euros

Pero cabe tener en cuenta que este segundo pagador en el caso específico de los pensionistas puede ser el importe procedente de un plan de pensiones, que tiene la consideración de rendimientos del trabajo. Así, los ingresos que se reciben si se decide rescatar el plan de pensiones se les aplica el tipo marginal correspondiente:  hasta 12.450 euros, tributa al 19%; entre 12.451 euros y 20.200 euros, al 24%; entre 20.201 euros y 35.200 euros, al 30%; entre 35.201 euros y 60.000 euros, al 37%; y a partir de esa cantidad, al 45%. 

Un gran porcentaje de jubilados están exentos de declarar dado que no alcanzan el mínimo exento, situado en 22.000 euros. Además de todos los pensionistas que perciban una pensión menor a 22.000 euros anuales, hay una lista de prestaciones que no están sujetas a tributación por su propia naturaleza. La Agencia Tributaria especifica que es el caso de las Pensiones de incapacidad permanente o gran invalidez, ya sean pensiones de la Seguridad Social o de un seguro privado, las pensiones de orfandad, las pensiones a favor de familiares por incapacidad absoluta de su titular, la prestación familiar por hijo a cargo o las pensiones a personas lesionadas o mutiladas por la Guerra Civil.

 

Sobre el autor:

Olga Selma

Olga Selma es redactora especializada en temas de salud, alimentación y consumo.

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