Las empresas están obligadas poner a disposición de los trabajadores el ejemplar del documento de cotización o copia autorizada del mismo. Es más, han de exponerlo, dentro del mes siguiente al que corresponda el ingreso de las cuotas, en un lugar destacado del centro de trabajo, constituyendo su incumplimiento una infracción en materia de Seguridad Social, sancionable económicamente. Así lo expresa el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones dentro de la web de la Seguridad Social.
Pueden darse varios motivos por los que una empresa no esté cotizando correctamente por el trabajador. Puede que esté cotizando por un salario que no es el que debería de recibir el trabajador o que haya parte del salario en B. Incluso puede que directamente no esté cotizando. De ser así, si la empresa no cotiza o lo hace por debajo de lo debido, el trabajador puede perder derechos y prestaciones. Y en este caso, los trabajadores podrán acudir ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a fin de realizar la correspondiente denuncia del hecho.
Así mismo, los trabajadores tienen derecho a solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) un informe de sus bases de cotización.
La solicitud puede hacerse a través de la Sede Electrónica, mediante las siguientes vías:
Respecto de las solicitudes de información sobre el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social por parte de las empresas que puedan recibirse en las Unidades de la Tesorería General de la Seguridad Social, únicamente podrán ser atendidas si el solicitante es el propio empresario o persona que acredite poder suficiente para realizar dicha solicitud, por tratarse de información de carácter personal protegida con la confidencialidad exigida en la normativa. Solamente los representantes legales de los trabajadores en la empresa (delegados de personal y comités de empresa) estarán capacitados para solicitar esta información.