Pensiones

Paga extra de las pensiones de noviembre 2021: cómo calcular cuánto te corresponde

Raúl Arias

Domingo 31 de octubre de 2021

ACTUALIZADO : Domingo 31 de octubre de 2021 a las 9:22 H

7 minutos

Lo primero que hay que tener en cuenta es si vamos a cobrar o no el 100%

Paga extra de las pensiones de noviembre 2021: cómo calcular cuánto te corresponde
Raúl Arias

Domingo 31 de octubre de 2021

7 minutos

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La pensión de jubilación se cobra en mensualidades naturales vencidas, cuyo importe total anual se divide en catorce pagas, una por cada mes del año y dos extraordinarias en los meses de junio y noviembre. Las pagas extras.

Para conocer cuál va a ser el importe de las pagas extras de la pensión de jubilación, por un lado tendremos que saber cuál será el importe de la pensión en sí. Esta cantidad, que como hemos indicado, se percibe mensualmente, depende directamente del número de años que se haya cotizado a la Seguridad Social, además de las bases por las que haya cotizado en los últimos años.

Pero, lo primero que hay que tener en cuenta es si vamos a cobrar o no el 100%. La obtención del 100% de la pensión de jubilación depende de que el trabajador se jubile a la edad legal de jubilación y que haya cotizado durante 37 años cuando termine el período transitorio.

Por otro lado, se da una situación excepcional precisamente el año en que nos estrenamos como jubilados, y es que se descontará de las pagas extras los meses que no se ha estado jubilado. A pesar de ello, las pagas extras se regularizarán cuando comience el nuevo año y se cobrarán íntegras.

Además, es importante considerar las cantidades máximas y mínimas, que no se podrán sobrepasar independientemente de los años cotizados o del importe de las aportaciones a la Seguridad Social (@TGSS).

Excepciones: pensiones sin paga extra

No todas las pensiones son iguales, y en concreto no todas las pensiones tienen pagas extra. Tal es el caso de las pensiones de incapacidad permanente derivadas de accidente laboral o por enfermedad profesional. En este caso, la pensión se percibe solo en 12 pagas mensuales ordinarias, con las pagas extras prorrateadas en ellas. Esto hace que estas pensiones, a pesar de no contar con doble paga en junio y noviembre, tengan una paga mensual un poco mayor que las demás.

Si bien es cierto que, si la incapacidad permanente total deriva de una enfermedad común o un accidente no laboral, cobrarías esta pensión en 14 pagas. Por tanto, en este caso tendría 2 pagas extra.

La incapacidad permanente total supone la inhabilitación del trabajador para realizar su trabajo habitual. Pero nada impide que pueda dedicarse a otro tipo de trabajo mientras esta pensión. Esto hace que se pueda compaginar esta pensión con otros salarios, siempre y cuando la actividad de donde provenga el salario sea compatible con la dolencia o incapacidad del trabajador.

Cálculo de la pensión

Con la subida de las pensiones aprobada por el Gobierno para 2021, los pensionistas contributivos han visto incrementada su paga mensual en un 0,9%, y cada una de las extras sube, por tanto, un 0,9%. En cuanto a los pensionistas no contributivos, cobran este año un 1,8% más de lo que ingresaron en 2020 por el mismo concepto. 

Hay que tener en cuenta que el año en que la persona se jubila, la Seguridad Social le descontará de las pagas extras los meses que no haya estado jubilado. Al siguiente año, las extras ya se cobran en su integridad.

 

Tabla de base reguladora de pensión

 

Tal y como especifica el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en su web, la cuantía de la pensión se determina aplicando a la base reguladora el porcentaje que corresponda según los años cotizados y, en su caso, el porcentaje adicional por prolongación de la vida laboral, cuando se acceda a la jubilación con una edad superior a la ordinaria vigente en cada momento y el coeficiente reductor que corresponda.

Para las personas que se rijan por la legislación anterior al 1-1-2013 (según la disposición transitoria cuarta de la LGSS), la base reguladora será el cociente que resulte de dividir por 210 las bases de cotización durante los 180 meses inmediatamente anteriores al del mes previo al del hecho causante.

Para el resto de los interesados, el cálculo se hará en base a los últimos 24 años cotizados (288 meses). Es decir, la base reguladora será el cociente que resulte de dividir por 336 las bases de cotización (sueldo mensual sin contar las pagas extraordinarias) durante los 288 meses inmediatamente anteriores al del mes previo a la jubilación. A partir del año 2022, la base reguladora de la pensión se hallará dividiendo por 350 los 300 meses anteriores; es decir, la pensión se calculará con 25 años computables.

 

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Subidas de las pensiones para 2022

El proyecto de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2022 contempla la subida de las pensiones mínimas y no contributivas un 3% a partir del próximo año. Mientras, el resto de pensiones se revalorizarán en función de la inflación media de los doce meses anteriores que se registre en noviembre de este año, tal y como recoge la reforma de pensiones que actualmente se tramita en el Congreso de los Diputados.

La revalorización de las pensiones se desliga a partir de ahora de los Presupuestos para que evolucionen según el coste de vida, mediante la fórmula que contempla la primera pata de reforma de las pensiones acordada entre el Gobierno y los agentes sociales (inflación media de diciembre de 2020 a noviembre de 2021).

La revalorización de las pensiones contributivas y no contributivas afectará a alrededor 10 millones de pensionistas y la partida de pensiones contará el próximo año con un montante de 171.165 millones de euros, un 4,8% más en términos agregados respecto a 2020.

Sobre el autor:

Raúl Arias

Raúl Arias

Raúl Arias es periodista especializado en Política, Economía y Sociedad. Licenciado en la Universidad Complutense de Madrid, ha trabajado en diferentes medios de tirada nacional, siempre pegado a la actualidad.

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