Si tienes más de 65 años, así puedes reinvertir tus ganancias y beneficiarte de una exención fiscal
La ley contempla una exención fiscal por reinversión en rentas vitalicias para mayores de 65 años
Cuando uno vende una casa, rescata un fondo de inversión o acciones, suele obtener una ganancia patrimonial, que debe tributar en tu Declaración de la Renta. Lo que no todo el mundo sabe, y es especialmente importante para los mayores de 65 años, es que la ley contempla una exención si reinviertes el importe obtenido en rentas vitalicias, siempre que cumplas ciertos requisitos.
Esto puede constituir una ventaja, no solo por la posibilidad de reinversión, sino que puede ser muy útil para aquellos que quieran planificar el ahorro y la renta para la jubilación, convirtiéndose en una herramienta para mayores de 65 años que quieren optimizar sus tributos y convertir patrimonio en renta. Para ello es necesario conocer los requisitos de acceso, pensarlo con anticipación y asesoramiento.

Requisitos y condiciones clave para la exención fiscal
Así, desde la página web de la Agencia Tributaria aclara que "quedan exentas de gravamen las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de elementos patrimoniales por contribuyentes mayores de 65 años, siempre que el importe total obtenido por la transmisión se destine a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor". Y para ello establecen una serie de requisitos:
- Plazo para constitución de la renta vitalicia: La renta vitalicia deberá constituirse en el plazo de seis meses desde la fecha de transmisión del elemento patrimonial. No obstante, cuando la ganancia patrimonial esté sometida a retención y el valor de transmisión minorado en el importe de la retención se destine íntegramente a constituir una renta vitalicia en el citado plazo de seis meses, el plazo para destinar el importe de la retención, en su caso, a la constitución de la renta vitalicia se ampliará hasta la finalización del ejercicio siguiente a aquel en el que se efectúe la transmisión.
-
Condiciones y requisitos para la aplicación de la exención:
- a) El contrato de renta vitalicia deberá suscribirse entre el contribuyente, que tendrá condición de beneficiario, y una entidad aseguradora. En los contratos de renta vitalicia podrán establecerse mecanismos de reversión o períodos ciertos de prestación o fórmulas de contraseguro en caso de fallecimiento una vez constituida la renta vitalicia.
- b) La renta vitalicia deberá tener una periodicidad inferior o igual al año, comenzando a percibirse en el plazo de un año desde su constitución, y el importe anual de las rentas no podrá decrecer en más de un cinco por ciento respecto del año anterior.
- c) El contribuyente deberá comunicar a la entidad aseguradora que la renta vitalicia que se contrata constituye la reinversión del importe obtenido por la transmisión de elementos patrimoniales, a efectos de la aplicación de la exención prevista en este artículo.
-
Contratos posteriores a abril de 2019: Además, para a aplicación de la exención de la ganancia por reinversión prevista para los contratos celebrados con posterioridad a 1 de abril de 2019, en los que se establezcan mecanismos de reversión, períodos ciertos de prestación o fórmulas de contraseguro en caso de fallecimiento, es necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- En el supuesto de mecanismos de reversión en caso de fallecimiento del asegurado, únicamente podrá existir un potencial beneficiario de la renta vitalicia que revierta.
- En el supuesto de periodos ciertos de prestación, dichos períodos no podrán exceder de 10 años desde la constitución de la renta vitalicia.
- En el supuesto de fórmulas de contraseguro, la cuantía total a percibir con motivo del fallecimiento del asegurado en ningún momento podrá exceder de determinados porcentajes respecto del importe destinado a la constitución de la renta vitalicia.
- Límite máximo de reinversión: La cantidad máxima total cuya reinversión en la constitución de rentas vitalicias dará derecho a aplicar la exención será de 240.000 euros.
- Reglas de reinversión parcial: cuando el importe reinvertido sea inferior al total de lo percibido en la transmisión, únicamente se excluirá de tributación la parte proporcional de la ganancia patrimonial obtenida que corresponda a la cantidad reinvertida.

Consecuencias del incumplimiento
Tal como explican desde la Agencia Tributaria, "el incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas, o la anticipación, total o parcial, de los derechos económicos derivados de la renta vitalicia constituida, determinará el sometimiento a gravamen de la ganancia patrimonial correspondiente".
En tal caso, advierten que el contribuyente imputará la ganancia patrimonial no exenta al año de su obtención, practicando autoliquidación complementaria, con inclusión de los intereses de demora, y se presentará en el plazo que medie entre la fecha en que se produzca el incumplimiento y la finalización del plazo reglamentario de declaración correspondiente al período impositivo en que se produzca dicho incumplimiento. Todos estos datos deberá cumplimentarlos en la casilla 0364 de la página 12 de la declaración, el programa trasladará toda esta información a este anexo y apartado.
Ventajas y a quién va dirigido
En opinión de expertos de BBVA, "la exención fiscal por reinversión en rentas vitalicias ofrece importantes ventajas, como un beneficio fiscal inmediato, lo que puede suponer un gran ahorro para mayores de 65 años que hayan vendido vivienda, fondos o acciones y quieran generar una renta adicional".
Cada modalidad de renta vitalicia tiene sus propias características, por lo que conviene analizar cuál se ajusta mejor a tus objetivos y situación personal. En cualquier caso, la constitución de una renta vitalicia por reinversión puede suponer una importante ventaja fiscal y una renta estable de por vida, que se puede integrar en la planificación de jubilación.
Aspectos a tener en cuenta antes de decidir
Para ello es importante verificar que todos los requisitos se cumplen exactamente (suscripción con una aseguradora, plazo de 6 meses, etc) y siempre es recomendable contar con asesoramiento fiscal y financiero personalizado para garantizar que tomas la decisión adecuada en función de tu situación particular.
Los expertos de BBVA recuerdan que "la exención es más que un ahorro de impuestos: es parte de la estrategia de renta para la jubilación" y que se debe tener muy en cuenta que el incumplimiento implica tributar y puede generar recargos."No basta con la intención, hay que cumplir". Herramientas como Mi Jubilación de BBVA pueden ser útiles para tomar decisiones informadas y mantener la estabilidad financiera durante toda la jubilación.



