Los mayores, indignados por los casos de edadismo en los alquileres: "Es escandaloso"
Consideran que, si hay un ingreso estable, es precisamente el de la pensión
"Convivir con una persona mayor no es que me moleste, pero es mi preferencia". Con estas palabras, Alba Aldehuela, propietaria 25 años desataba la polémica en el programa Y Ahora Sonsoles (Antena 3).
La joven explicaba que ella quiere convivir con personas afines a ella y por eso no ve con buenos ojos alquilar su piso a una persona que ya esté jubilada. La opinión de Alba, representa a muchos inquilinos, como bien pudo comprobar el programa presentado por Sonsoles Ónega, y contrasta con casos como el de Rafaela López (67 años), quien denunció que, pese a percibir una pensión estable de 1.250 euros mensuales, varias inmobiliarias la descartaban por considerarla un "perfil vulnerable".
Una situación similar vivió Ana Esteban (65 años), una jubilada que se encontró con muchas dificultades para alquilar una habitación compartida en Zaragoza: "No me quieren de inquilina por mi edad", contaba también en el programa de Antena 3.
Que la edad o el hecho de ser pensionista sean motivo de rechazo es, en palabras de José Luis Fernández, presidente de CEOMA "escandaloso" y "una muestra de un edadismo injustificable. Si hay un ingreso estable, ese es precisamente el de la pensión, cuyo sistema de revalorización, establecido por ley, garantiza el mantenimiento del poder adquisitivo en relación con el IPC".
El presidente de CEOMA reconoce que si hay un problema, es la crisis de la vivienda: "Otra cuestión distinta es si el importe de la pensión es suficiente, del mismo modo que ocurre con el salario de muchos trabajadores. La pensión más frecuente se sitúa en torno a los 850 euros mensuales, mientras que el salario más frecuente apenas supera los 1.200 euros. Ese es el verdadero problema: la insuficiencia de ingresos, no el hecho de ser pensionista o asalariado".
En la misma línea se sitúa Josep Carné, presidente de FATEC, quien considera que es una situación injusta porque "aunque cada persona tiene derecho a elegir con quién convivir, en la práctica este tipo de preferencias termina perjudicando especialmente a las personas mayores".
Carné opina que, además de injusta, es una situación discriminatoria "porque se valora a las personas por su edad y no por su capacidad real para convivir o pagar el alquiler. Muchas ya tienen dificultades para acceder a una vivienda debido a sus ingresos limitados y a las exigencias de avales y garantías. Si además se las rechaza por su edad, aunque sean solventes y responsables, se agrava aún más su exclusión y se reducen sus oportunidades de acceso a la vivienda".
A esta denuncia se suma también Anatolio Díez, Secretario General de la UJP-UGT, quien advierte que equiparar automáticamente la jubilación con la vulnerabilidad económica conduce a decisiones poco fundamentadas. Desde su organización señalan que considerar la pensión como un ingreso de riesgo es financieramente muy discutible, ya que la prestación pública cuenta con ventajas frente al salario: es periódica, previsible, está garantizada por el Estado y, sobre todo, "no está expuesta a despidos, cierres empresariales o reducciones de jornada".
Coincidiendo con CEOMA, Díez subraya que si un inquilino mayor no alcanza los umbrales exigidos, "el problema no sería la naturaleza de la pensión, sino su cuantía". Además, alerta de que en el actual mercado tensionado, los propietarios y aseguradoras están aplicando filtros cada vez más estrictos que perjudican a los mayores, exigiéndoles un nivel de ingresos muy superior al alquiler, avales adicionales, seguros de impago restrictivos e, incluso, requisitos vinculados directamente a su edad.
Para UJP-UGT, rechazar a un inquilino de forma generalizada por su edad es "muy difícil justificarla desde criterios objetivos" y acaba alimentando una grave "discriminación indirecta" y exclusión residencial. Por ello, sentencian que la decisión de alquilar debe basarse exclusivamente en la "capacidad real para asumir el pago" y no en el hecho de estar o no jubilado.
¿Es legal rechazar a un inquilino por su edad?

Con la polémica servida y los mayores indignados, es necesario conocer si los arrendadores pueden legalmente rechazar a un individuo por su edad y si las inmobiliarias consideran que este tipo de situaciones son puntuales o se han convertido en una tendencia al alza. Para responder a la primera de las cuestiones, desde 65YMÁS hemos hablado con Eduardo Ortega, CEO de EO Abogados, gabinete especializado en brindar protección jurídica a las personas mayores, quien nos advierte que la respuesta no es un simple sí o no. Ortega nos explica que, aunque el propietario tiene libertad para decidir con quién contrata basándose en su derecho a la propiedad (artículo 33 de la Constitución Española), "dicha libertad no es absoluta", ya que choca con el artículo 14, que prohíbe la discriminación por cualquier circunstancia personal, y con la Ley 15/2022 integral para la igualdad de trato, que "establece expresamente que nadie puede ser discriminado por razón de edad" en el acceso a bienes y servicios, incluyendo la oferta de viviendas.
En casos como el de Alba (que busca compañeros afines) o el de Ana Esteban (que buscaba una habitación), el debate se vuelve más complejo. Ortega nos aclara que, cuando se alquila una habitación en la propia vivienda, entra en juego el derecho constitucional a la intimidad personal (artículo 18 de la Constitución).
El CEO de EO Abogados señala que es razonable que una persona valore circunstancias de convivencia futura, buscando "afinidad generacional", horarios compatibles o un estilo de vida tranquilo. Sin embargo, Ortega alerta de la fina línea legal: "Una cosa es valorar individualmente si una determinada convivencia puede resultar adecuada. Otra muy distinta es excluir de forma automática a todas las personas pertenecientes a un determinado grupo de edad". Publicar un anuncio o afirmar tajantemente "no admito jubilados" o "no se admiten mayores de 65 años" se basa en prejuicios y estereotipos que prohíbe la Ley 15/2022, ya que "la edad, por sí sola, no permite conocer cómo es una persona".
Las inmobiliarias aseguran que son situaciones "puntuales y aisladas"

Por su parte, la Federación Nacional de Asociaciones Inmobiliarias (FAI) rechaza que exista una discriminación generalizada hacia las personas mayores.
Desde la organización nos aseguran a 65YMÁS que, a través del contacto diario con sus agencias y profesionales asociados, constatan que este tipo de situaciones son "absolutamente puntuales y aisladas" y que no han detectado "en ningún caso, una tendencia hacia la imposición de este tipo de restricciones por parte de los propietarios".
La federación también considera importante contextualizar el fenómeno y señala que las personas mayores de 65 años representan un perfil con una demanda relativamente reducida de nuevos alquileres, por lo que la incidencia de estos casos sería limitada: "Queremos ser tajantes en este punto, ya que el mercado inmobiliario, por norma general, no discrimina a ninguna persona por razones de edad, sexo, raza o cualquier otra condición personal", subrayan.
A juicio de la FAI, el debate no debería centrarse en una supuesta discriminación, sino en las dificultades estructurales que atraviesa el mercado del alquiler. "El verdadero problema radica en el severo desequilibrio entre la oferta y la demanda", explican. Según indican, la escasez de vivienda disponible hace que muchos propietarios puedan elegir entre numerosos candidatos y se decanten por aquellos que consideran que ofrecen mayores garantías para cumplir las exigencias de los seguros de impago.
Respecto a las pensiones, la Federación rechaza que sean vistas como ingresos vulnerables. "No consideramos que la pensión se perciba como un ingreso vulnerable; al contrario, suele ser una fuente de ingresos muy estable", afirman. No obstante, reconocen que la elevada competencia por acceder a una vivienda ha endurecido los requisitos económicos exigidos a todos los aspirantes: "La nómina y la antigüedad laboral se han convertido en los filtros estándar del mercado", apuntan.
Por su parte, desde Alquiler Seguro nos han explicado que sus procesos de arrendamiento se basan exclusivamente en criterios económicos y de solvencia: "Desde Alquiler Seguro se realiza un estudio de solvencia y viabilidad para el alquiler de un inmueble, y dicho estudio solo contiene información económica y financiera, para que el alquiler sea viable y no suponga un riesgo", señalan. La compañía subraya además que "nunca se utiliza ningún otro tipo de valoración que tenga que ver con la edad, nacionalidad u otro concepto".
En esta línea, añaden que, si un pensionista cumple los requisitos económicos, el alquiler se formaliza con normalidad: "Si un pensionista quiere alquilar un inmueble y la operación es viable y puede pagarlo, por supuesto que se le alquilará", afirman.
Aunque el sector inmobiliario asegura que este tipo de situaciones son puntuales y aisladas, las asociaciones de mayores consideran que reflejan una realidad que merece atención y que puede agravarse en un contexto marcado por la escasez de vivienda y el envejecimiento progresivo de la población.
En este contexto, Ortega recuerda que el debate trasciende los casos individuales y plantea una cuestión de fondo sobre los límites entre la libertad de elección y la prohibición de discriminar. "El acceso a la vivienda no puede convertirse en un espacio donde se normalicen prejuicios asociados a la edad. La ley exige analizar a las personas por sus circunstancias concretas, no por estereotipos", concluye.

