El aviso del SEPE a quienes cobren el paro y viajen al extranjero este verano

Informar de la salida es obligatorio para evitar sanciones y problemas con la prestación

El aviso del SEPE a quienes cobren el paro y viajen al extranjero este verano Miia

Con la llegada del verano, muchas personas aprovechan para viajar fuera de España. Sin embargo, quienes estén cobrando una prestación contributiva o un subsidio por desempleo deben tener presente que estos desplazamientos están sujetos a una serie de obligaciones ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

El organismo recuerda que es obligatorio comunicar la salida antes de viajar y, una vez de regreso, informar también de la vuelta a España. No hacerlo puede dar lugar a un procedimiento sancionador e, incluso, afectar al derecho a seguir percibiendo la prestación.

Viajes de hasta 30 días

El SEPE permite viajar al extranjero por cualquier motivo durante un máximo de 30 días naturales al año, sean consecutivos o no, sin que se suspenda la prestación.

Para ello deben cumplirse dos requisitos fundamentales:

  • Comunicar la salida antes de abandonar España.

  • Confirmar el regreso el primer día hábil tras la vuelta.

Además, el organismo aclara que ni el día de salida ni el de regreso computan dentro de esos 30 días de estancia en el extranjero.

Si el viaje dura entre 30 y 90 días

Cuando la estancia supera los 30 días y no excede de 90 días naturales durante el año, la prestación deja de abonarse temporalmente.

 

Por qué no debes atar un lazo a tu maleta al viajar en avión. bigstock

 

En estos casos, la salida debe ser autorizada previamente por el SEPE, que suspenderá el pago de la ayuda mientras dure el desplazamiento. Una vez de regreso, el beneficiario podrá solicitar la reanudación si continúa cumpliendo los requisitos exigidos.

Qué ocurre si la estancia supera los 90 días

Si el viaje al extranjero dura más de 90 días por motivos distintos del trabajo, la búsqueda de empleo, la formación o la cooperación internacional, la prestación o el subsidio se extinguen con carácter general.

Excepciones

La normativa contempla un régimen diferente cuando el traslado al extranjero responde a motivos laborales, para buscar empleo, realizar acciones de cooperación internacional o cursar estudios de perfeccionamiento profesional.

En estos supuestos, si la estancia es inferior a doce meses, la prestación queda suspendida y puede recuperarse al regresar. Si el traslado supera un año, la ayuda se extingue. En cualquier caso, el desplazamiento debe comunicarse y ser autorizado previamente por el SEPE.

Cómo comunicar la salida

El trámite puede realizarse presencialmente, con cita previa, o mediante la presolicitud disponible en la sede electrónica del SEPE, dentro del procedimiento de comunicación de salida al extranjero.

Tras regresar, el beneficiario deberá comunicar su vuelta a la oficina de prestaciones el primer día hábil siguiente para que, cuando corresponda, pueda continuar percibiendo la prestación.

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