
Los casos en los que la Seguridad Social puede denegarte la pensión de jubilación
La clave está en la fecha de baja

La pensión de jubilación es una prestación destinada a los trabajadores que han cesado su actividad laboral al haber alcanzado la edad legal de jubilación, y tiene como finalidad sustituir los ingresos que se dejaron de percibir por la pérdida del trabajo.
Este año, la edad ordinaria de jubilación se sitúa en los 66 años y 8 meses para quienes hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses, si desean recibir la pensión completa sin recortes.
También es posible jubilarse a los 65 años y obtener la pensión íntegra, siempre que se haya cotizado al menos durante 38 años y 3 meses.
Cuando el trabajador tome la decisión de jubilarse, deberá enviar una solicitud a la Seguridad Social y esta decidirá si concederla o denegarla, en caso de que no se cumpla con lo establecido en la ley.
@almucuen Ojo! Cuidado con la fecha de baja en la empresa. #pension #jubilacion ♬ sonido original - Alfonso
Uno de los escenarios en los que el organismo puede denegar la solicitud tiene que ver con la fecha de baja en el trabajo. Alfonso Muñoz, funcionario del Instituto Nacional de la Seguridad Social, ha explicado en su perfil de TikTok, que el organismo es muy estricto con la fecha de baja en la actividad laboral de aquellos trabajadores que van a solicitar la pensión de jubilación. En otras palabras, cualquier desajuste en las fechas puede suponer la denegación de esta prestación.
"Para que se produzca la jubilación es necesario cesar en el trabajo, la empresa laboral nos tiene que dar de baja el mismo día que cumplimos la edad: ni un día antes, ni un día después", explica.
Es decir, "el último día de trabajo de la persona que se va a jubilar debe ser justo el día en el que cumple la edad de jubilación para, la jornada siguiente, poder solicitar la pensión en la Seguridad Social".
¿Y si las fechas no coinciden?
"Si el día que cumplimos la fecha que hemos elegido para nuestra jubilación, continuamos estando de alta laboral, ya sea porque la empresa no nos ha dado de baja o porque no hemos cesado, se nos denegará la pensión de jubilación", advierte el funcionario.
Muñoz concluye recomendando "que antes de que llegue esa fecha vayamos avisando a la empresa para que nos dé de baja correctamente".