Estoy en excedencia voluntaria: ¿puedo cobrar el paro o el subsidio para mayores de 52 años?

La clave está en si existe una situación legal de desempleo reconocida por el SEPE

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Estoy en excedencia voluntaria: ¿puedo cobrar el paro o el subsidio para mayores de 52 años?

La excedencia voluntaria es una herramienta que permite que los trabajadores puedan interrumpir de manera temporal su actividad laboral sin romper el vínculo con la empresa por completo. Se puede solicitar por motivos personales, para cuidar hijos o familiares o por el desempeño de algún cargo público. Sin embargo, una de las dudas más frecuentes sobre este tema es si durante ese periodo pueden acceder a las prestaciones por desempleo o al subsidio para mayores de 52 años.

La respuesta es negativa en la mayoría de los casos. La razón es que una excedencia supone una suspensión del contrato de trabajo, no una extinción de la relación con la empresa. Es por eso por lo que, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) no considera que el trabajador se encuentre en situación legal de desempleo.

¿Qué ocurre durante una excedencia voluntaria?

La excedencia voluntaria se puede solicitar después de haber trabajado al menos un año en la empresa y puede tener una duración de entre cuatro meses y cinco años. En ese tiempo, el trabajador deja de prestar servicios, deja de recibir un salario y tampoco cotiza a la Seguridad Social.

Precisamente por mantenerse el vínculo laboral con una determinada empresa, aunque esté suspendido, el trabajador no puede cobrar la prestación por desempleo. Tampoco se puede utilizar el paro acumulado antes de pedir la excedencia.

Por ejemplo, un trabajador que decida tomarse un año de excedencia por motivos de estudios, viajes o para desarrollar un proyecto personal, no podrá solicitar el paro durante dicho periodo, ya que la interrupción del trabajo ha sido una decisión voluntaria.

Estoy en excedencia voluntaria: ¿puedo cobrar el paro o el subsidio para mayores de 52 años?

¿Se puede cobrar el subsidio para mayores de 52 años?

En este caso, la situación es similar. Para que alguien pueda acceder al subsidio para mayores de 52 años es clave que se encuentre en situación legal de desempleo y cumplir con los requisitos que exige el SEPE.

Por eso, una persona que se encuentre en excedencia voluntaria no podrá percibir esta ayuda únicamente por estar sin trabajar. El hecho de no recibir ingresos durante la excedencia no genera inmediatamente el derecho a cobrar este subsidio.

Las excepciones que sí permiten acceder al paro

Aunque la normativa general impide que se cobren prestaciones durante una excedencia voluntaria, existen ciertas situaciones que podrían cambiar este escenario.

La más común se produce cuando el trabajador encuentra otro empleo durante la excedencia y ese nuevo contrato termina por casaus ajenas a su voluntad, como un despido o una finalización del contrato temporal. En un caso así, podría solicitar el paro derivado de ese último empleo en caso cumpla los requisitos exigidos.

Por otro lado, también puede ocurrir que la empresa cierre, elimine el puesto de trabajo o despida al trabajador mientras se encuentra en el periodo de excedencia. En ese momento, desaparece la suspensión del contrato y se genera una situación legal de desempleo que sí puede dar acceso a la prestación.

Excedencias por cuidado de hijos o familiares

En el caso de las excedencias por cuidado de hijos o familiares, estas tienen un trato diferente en ciertos aspectos laborales, pero en materia de desempleo la regla general es similar. Mientras que la relación con la empresa siga suspendida, tampoco existe el derecho a cobrar el paro.

Sin embargo, si durante la excedencia se produce el cierre de la empresa o un despido, el trabajador sí contará con el derecho a pedir la prestación. Asimismo, si desempeña otro trabajo en ese periodo y este finaliza involuntariamente, también podrá pedir el derecho a desempleo.

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