Economía familiar

¿Qué es la mejora de una herencia y quiénes pueden heredar?

Laura Moro

Foto: Bigstock

Viernes 26 de mayo de 2023

5 minutos

Es necesario dejar en el testamento a quién le corresponde esta porción

¿Qué es la mejora de una herencia y quiénes pueden heredar?
Laura Moro

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Viernes 26 de mayo de 2023

5 minutos

Una herencia es un conjunto de bienes, derechos y obligaciones que se heredan de una persona tras su muerte. Lo habitual es que tengan uno o varios destinatarios que se conocen como herederos forzosos o legitimarios.

Y es que, tal y como recoge el Código Civil, a este tipo de herederos (hijos, padres o cónyuge) les corresponde siempre una parte de los bienes, independientemente de lo que recoja el testamento. 

Esto hace que el testamento quede dividido en tres partes iguales: un tercio es la legítima, que se reparte entre los herederos forzosos, al igual que el tercio de mejoría, aunque en este caso podría salir más beneficiado un descendiente que el resto. Y por último, está el tercio de libre disposición, que como su propio nombre indica, es la parte que el testador puede dejar a las personas que quiera. 

¿Se puede atribuir a los nietos?

Como se decía, el tercio de mejoría no necesariamente se tiene que repartir entre todos los herederos de forma equitativa, ya que en este caso el testador puede dejar su testamento a favor de uno de sus descendientes con preferencia a otros. 

Por si aún quedan dudas, el Código Civil establece en su artículo 823 que “el padre o la madre podrán disponer en concepto de mejora a favor de alguno o algunos de sus hijos o descendientes, ya lo sean por naturaleza, ya por adopción, de una de las dos terceras partes destinadas a legítima”.

Ahora bien, el deseo de favorecer a uno de los herederos debe constar en este documento, ya que si no, esta parte se repartirá por igual entre todos los herederos forzosos.

Es decir, la diferencia entre la mejora y el tercio de mejora, es que la mejora es "la porción de bienes de que el ascendiente dispone con cargo al tercio de mejora a favor de alguno o algunos de sus descendientes y con cargo a uno de los tercios de la herencia. Puede ser de todo el tercio o solo de una parte", explican desde Mundo Jurídico. Mientras que el tercio de mejora es uno de los tres tercios en que se dividen los bienes del testador. 

En este sentido, tanto la Dirección General del Registro y del Notariado como el Tribunal Supremo ratifican que, independientemente de que el testador tenga hijos, podrá atribuir la mejora a sus nietos. 

Clases de mejora 

¿Puedo incluir en mi testamento bienes que estén en otros países de Europa?

La mejora puede entender de cinco maneras diferentes, aclaran Mundo Jurídico.:

  1. Cuantía: de todo el tercio de mejora o solo de una parte.
  2. Modo de hacerlo: pura, condicional o a plazo.
  3. Efectos: revocables, en caso de que se haga por testamento o irrevocable, si se hace en capitulaciones matrimoniales o por contrato.
  4. Modo de ser ordenadas: en testamentos o por contrato.
  5. Objeto: de una cuota, de una cosa cierta, de una cuota con asignación de cosa cierta.

¿Qué ocurre si un heredero no quiere aceptar la mejora?

Cuando heredamos nos surgen numerosas dudas, entre ellas, si podemos aceptar solo una parte y rechazar otra. A continuación, vamos a tratar de responder a esta habitual duda. 

Muchas familias se encuentran con el miedo a la hora de aceptar por las posibles deudas que esta incluya y, por lo tanto, se plantean aceptar solo el dinero o los bienes y rechazar las deudas. Pues bien, debemos aclarar que esto es imposible según la ley.

Aceptar no es obligatorio, se trata de un acto totalmente personal y voluntario. En el caso de decidir aceptarla, ¿podemos hacerlo de forma parcial? La respuesta es no: la herencia tiene que aceptarse o repudiarse totalmente, no cabe aceptar o rechazar en parte la misma.

La aceptación o renuncia de la herencia no podrá hacerse en parte, a plazo, ni condicionalmente. Es decir, no se podrá por lo tanto aceptar solo una parte de la herencia y rechazar otra como, por ejemplo, las deudas.

La única excepción para poder renunciar a una parte de la herencia es cuando algún bien se hubiera dejado como legado. En ese caso, se puede renunciar al legado y no a la herencia.

¿Qué formas existen de aceptar la herencia?

Se podrá aceptar de forma pura y simplemente, o a beneficio de inventario.

  • Aceptación pura y simple:

La aceptación pura y simple tiene efectos ilimitados, ya que se aceptan los bienes del fallecido y también todas sus deudas y responsabilidades.

El heredero responde de todas las deudas del fallecido, no solo con los bienes de la herencia, sino también con sus propios bienes.

Este tipo de aceptación puede ser a su vez:

  1. Expresa: se podrá hacer de forma verbal o por escrito, en documento público o privado.
  2. Tácita: se hace mediante actos que suponen necesariamente la voluntad de aceptar, o que no se podrían hacer sino con la cualidad de heredero. Es decir, cuando el heredero paga deudas de la herencia con bienes hereditarios.
  • Aceptación a beneficio de inventario:

Este tipo de aceptación tiene efectos limitados, ya que el heredero responde de las deudas del causante hasta donde alcance el patrimonio hereditario.

Es decir, si aceptas bajo este formato solo respondes de las deudas que has adquirido, no respondes más allá, asegurándote no perder tu propio capital, a diferencia de la aceptación pura y simplemente, donde respondes con tu patrimonio de las deudas del fallecido.

Por lo tanto, aquellos que dudan o desconocen las posibles deudas del fallecido suelen elegir este tipo de opción, aunque es importante tener en cuenta que este tipo de aceptación tiene unos costes extras ya que será necesario realizar una valoración de bienes, derechos y obligaciones.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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