Educación financiera

¿Te han llamado para ofrecerte un crédito?

María Liébana

Lunes 5 de octubre de 2020

ACTUALIZADO : Martes 13 de julio de 2021 a las 14:09 H

3 minutos

Deben indicar claramente su identidad y fin comercial al comienzo de la conversación

¿Te han llamado para ofrecerte un crédito?
María Liébana

Lunes 5 de octubre de 2020

3 minutos

Estamos demasiado acostumbrados a recibir llamadas comerciales. Empresas de todo tipo utilizan nuestros datos de contacto para poder ofrecernos sus productos y servicios a través del teléfono, desde compañías de telecomunicación hasta nuestro banco.

Si bien cambiar la tarifa de nuestra línea de móvil a través del teléfono puede llegar a ser un suplicio (bajas, altas, cuotas, esperas, etc.), la contratación de productos de financiación por teléfono es un trámite mucho más serio, que no debemos tomarnos a la ligera.

El modo en que la tecnología ha revolucionado las comunicaciones sumado al ritmo de vida que llevamos, ha hecho que la forma de relacionarnos con nuestro banco haya cambiado. Ya es más que habitual hablar con nuestros gestores bancarios a través del correo electrónico, chat, y como no, a través de una llamada (incluso videollamada). Pero ¿qué derechos tiene el consumidor en estos casos?

Cuánto, cómo y hasta cuándo

Para empezar, el proveedor de servicios financieros debe indicar claramente su identidad al comienzo de la conversación, así como el fin comercial de la llamada. A continuación, y una vez que se haya aceptado, deberán proporcionar, únicamente, cierta información: la identidad del operador y su vínculo con el proveedor de servicios financieros.

Además, deberán facilitar una descripción de las principales características del crédito. Según establece Banco de España, serían las siguientes:

  • El importe total del crédito, su duración y las condiciones que rigen la disposición del capital.
  • En caso de que el crédito sirva para financiar un producto o servicio, su precio al contado.
  • El tipo deudor y las condiciones de aplicación de dicho tipo.
  • El importe, el número y la periodicidad de los pagos (cuotas) que deberás efectuar.
  • Los servicios accesorios al contrato de crédito (tarjetas, plan de pensiones, etc) y, en particular, el seguro.
  • La TAE del crédito ilustrada mediante un ejemplo representativo, y el importe total adeudado.

Por otro lado, también deberán infromar, claramente, sobre el precio total a pagar. Este precio total incluiría todos los impuestos pagados a través de proveedor. Si no pudieran indicar el precio extracto en el momento de la llamada, deberán facilitar la nace del cálculo que permita comprobar el precio.

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También tendrán la obligación de informar sobre otros impuestos o gastos que no se paguen a través del proveedor o que no los facture el mismo, en caso de que existan. Y sobre todo, la existencia o inexistencia de tu derecho a desistir del contrato, su duración y las condiciones para ejercerlo.

No te quedes con dudas

Lo más importante es que no nos quedemos con dudas. Debemos exigir que os den las explicaciones y aclaraciones pertinentes y no contratar un producto de financiación sin conocer todas sus condiciones.

Si decides contratar, no olvides comprobar que te han enviado toda la información precontractual y contractual pertinentes, ya sea en papel u otro soporte que dure en el tiempo.

Sobre el autor:

María Liébana

María Liébana es redactora especializada en temas de economía.

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