El Gobierno amplía la baja por patologías asociadas a la menopausia
La empresa abonará el salario el primer día y después la Seguridad Social asumirá la prestación
El Gobierno ha aprobado este martes en el Consejo de Ministros un paquete de medidas que incluye la ampliación de la incapacidad temporal por patologías asociadas a la menopausia o para las víctimas de violencia de género y mejoran las condiciones de otras pensiones como las de viudedad.
Se trata de un "paquete importante" de medidas del Ministerio de Seguridad Social en forma de decreto ley que, posteriormente, deberá ser convalidado antes de un mes por la diputación permanente.
El decreto amplía la incapacidad temporal para mujeres que sufren patologías asociadas a la menopausia y para víctimas de violencia de género. Según ha precisado, en ambos casos, la prestación económica se calculará aplicando sobre el 60% de la base reguladora, la incapacidad temporal, y a partir del día 20 será el 75%.
La empresa abonará el salario el día de la baja, pero, a partir de entonces, la Seguridad Social se hará cargo de la prestación, señala el Gobierno.
"Damos respuesta a situaciones que estaban invisibilizadas y también brechas que llevaban padeciendo las mujeres desde siempre y que ahora van a contar con una protección más adecuada", ha señalado la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, en rueda de prensa. "Es una medida que protege a una parte muy importante de la fuerza laboral de nuestro país. Más de diez millones y medio de mujeres están afiliadas a la Seguridad Social y damos respuesta a situaciones que estaban invisibilizadas", ha subrayado Saiz.
🔴 EN DIRECTO Rueda de prensa de la portavoz, Elma Saiz, junto a los ministros de @viviendagob y @gobmapa, Isabel Rodríguez y Luis Planas. https://t.co/4o8aOu6z8W
— La Moncloa (@desdelamoncloa) October 20, 2026
Huérfanos violencia de género
Por otra parte, el decreto mejora la protección económica de los huérfanos por violencia de género. En concreto, Saiz ha explicado que se amplía la prestación económica por orfandad cuando el fallecimiento de la mujer se hubiera producido por violencia contra la mujer "por un importe equivalente al doble del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento". La ministra portavoz ha destacado que son medidas "contempladas en el Pacto de Estado" contra la violencia de género y ha agradecido el trabajo "intenso" de la ministra de Igualdad, Ana Redondo, que se encontraba presente en la rueda de prensa.
"Porque esto es lo que hace una política responsable frente a los negacionistas de la violencia de género. Lo que hace una política responsable es dar respuestas útiles que mejoran la vida de las personas", ha insistido. El decreto equipara también las indemnizaciones percibidas por las víctimas de terrorismo con sentencia penal a aquellas que no tienen sentencia penal, "tanto por lesiones incapacitantes como por el fallecimiento" en el caso de pensiones a las que tienen derecho los familiares de las víctimas. "Los importes también de estas pensiones se van a actualizar en la misma medida que para la orfandad en casos de violencia de género", ha matizado.

Afectados por catástrofes como la dana
Asimismo, el Gobierno ha aprobado una incapacidad temporal especial para personas afectadas por catástrofes como la generada por la dana Adam en la Comunidad Valenciana, que está dirigida tanto a trabajadores por cuenta ajena como a autónomos.
"Es una medida que ya se ha aplicado excepcionalmente en ocasiones anteriores, pero que ya no va a requerir de esta excepcionalidad en casos como la dana en Valencia y que, de hecho, se podría aplicar ya a situaciones como las que están ocurriendo en estos días en la Comunidad Valenciana", ha remarcado.
Pensiones derivadas de actos terroristas
Se mejoran también las pensiones extraordinarias derivadas de actos terroristas, de forma que ninguna de estas pensiones podrá situarse por debajo del equivalente a dos salarios mínimos (2.442 euros), una cantidad un 36% mayor al que había ahora, que quedó desfasada.
Además, se amplía la protección de los huérfanos por violencia de género, aumentando tanto las prestaciones contributivas, con un sueldo de dos veces el salario mínimo interprofesional (SMI), como las no contributivas, que podrán alcanzar hasta dos veces ese sueldo mínimo.
Ampliación pensiones de viudedad de parejas de hecho
Las parejas que lleven más de dos años conviviendo, que no estén casadas ni inscritas en el registro de parejas de hecho, con hijos en común y fallecimientos pasados, tendrán un año para acceder a la pensión de viudedad, si previamente la habían reclamado, según el Real Decreto-ley aprobado este martes por el Gobierno en Consejo de Ministros, que requerirá su convalidación en un mes en la Diputación Permanente del Congreso.
En concreto, el decreto extiende el acceso a las pensiones de viudedad en caso de parejas de hecho con hijos en común "que acrediten dos años de convivencia, aunque no estén inscritos en el registro de parejas de hecho". "El texto equipara así a los convivientes que no tengan un vínculo legal con los matrimonios y las parejas de hecho. Además, incorporamos algo importante, una ventana temporal de un año para que los potenciales beneficiarios de esta medida por fallecimientos pasados, puedan acceder a la misma si previamente la hubieran reclamado", ha puntualizado la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, este martes, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Prestación por cuidado de menores enfermos
Por otro lado, para los padres que cuidan de menores con cáncer o enfermedades graves, la norma mejora la prestación CUME para que los dos progenitores puedan recibirla de forma alternativa o simultánea. "Favorecemos la corresponsabilidad que hasta ahora no se contemplaba", ha precisado Saiz.
En casos de mayor vulnerabilidad, podrá mantenerse más allá de los 26 años cuando la persona afectada presente una dependencia de grado III o una discapacidad especialmente elevada. También se mejora el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, triplicando la cuantía máxima de los anticipos por beneficiario (de 100 a 300 euros) y su duración, para proteger a los menores cuando un progenitor incumple sus responsabilidades.

