Cobrar menos pensión tras la subida de 2026 es posible: así impacta la retención de IRPF
Jubilados en octubre/noviembre pueden sufrir subidas de IRPF al cambiar de año y ganar menos en neto
La pensión media de jubilación llega a 1.563 euros, tras la subida del 2,7% en enero
Todos los meses de enero, se da el caso de numerosos pensionistas que se topan con la desagradable sorpresa de que la revalorización bruta aprobada por el Gobierno, en función del IPC, no se traduce en un aumento neto idéntico del importe de su pensión.
Esto se debe a que la pensión es un rendimiento del trabajo y, como tal, se halla sujeta a retención del IRPF y además existe la obligación de presentar la declaración de la Renta, cuando su cuantía supera los límites legales; al igual que sucede con el resto de contribuyentes.
Es decir, al incrementarse los ingresos brutos del pensionista con la revalorización según el IPC (en 2026 se aplica un alza del 2,7% general), se incrementa también el porcentaje de retención del IRPF en su nómina, cuyo tramo varía en función de los ingresos de la persona.
En algunos casos, existen pensionistas que pueden llegar a cobrar incluso menos que antes de la subida, por ejemplo, si saltan a tributar por un tramo fiscal superior; o también puede ocurrirles a jubilados en los últimos meses del año previo, a quienes el ajuste del IRPF con el cambio de año y la revalorización, en ocasiones les causa una retención mucho mayor de la que en principio les asignó la Seguridad Social.

Por estas y otras situaciones similares, varias asociaciones de pensionistas reivindican que las pensiones deberían estar exentas de tributar IRPF, argumentando que se trata de una doble imposición, ya que durante su vida laboral tributaron por su sueldo y, al jubilarse, vuelven a tributar por la pensión. Aducen asimismo que la revalorización no garantiza mantener el poder adquisitivo, porque la subida del 2,7% bruta se queda en la mitad, o menos.
Así funciona la retención de IRPF de las pensiones
Los porcentajes de retención por IRPF que se aplican a las pensiones dependen de estos factores:
- El importe de la pensión. Las pagas de bajo importe suelen estar exentas de retención, o soportan una retención mínima. Sin embargo, cuanto mayor sea cuantía de la prestación, mayor es el porcentaje de retención.
- Edad del pensionista. Los mayores de 65 años están exentos de los primeros 8.000 euros anuales en rendimientos de trabajo, mientras que los mayores de 75 años, de los primeros 12.000 euros en cómputo anual.
- Estado civil del pensionista. Las personas viudas pueden beneficiarse de deducciones específicas.
- Si tiene o no hijos o cónyuge a cargo.
- Comunidad autónoma donde resida el pensionista, ya que cada comunidad establece un tipo impositivo autonómico, con impacto en el total de la retención sobre la nómina mensual del jubilado.
- Grado de discapacidad igual o superior al 33%. Las personas en esta situación tienen derecho a reducciones adicionales.
Cobrar casi lo mismo 'en limpio' tras la revalorización
Todos los pensionistas se benefician con la subida bruta, incluso aquellas personas que, tras incrementarles el 2,7% de alza general, cambian de tramo fiscal y pasan a cobrar casi lo mismo en neto, o menos. "Pero, incluso en estos casos, verán aumentar la pensión con las sucesivas actualizaciones que se implementen en los próximos años", señalan fuentes de la Seguridad Social.
Si con la subida de enero el jubilado supera el salario exento de retención en IRPF, pasará a tener que pagar la retención, como todos los trabajadores. Esto se aplica a toda renta que sobrepase los 16.576 euros brutos (el salario mínimo interprofesional para 2025), que se encuentra obligada a tributar por IRPF.
¿Es posible cobrar menos, tras la subida del IPC?
Aunque es muy poco frecuente, sí puede darse el caso de que un pensionista cobre una cantidad mensual en diciembre de 2025, y pase a percibir menor pensión en enero de 2026, coincidiendo con la revalorización del 2,7% aplicada a la nómina. De hecho, varios jubilados lo han expuesto en redes sociales, denunciando esta paradoja.
¿Cómo se explica cobrar menos, cuando la pensión ha subido casi un 3%?
1.- Según apuntan fuentes del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, una explicación técnica es que en 2025 la persona no tuviera retención de IRPF, y en 2026 su pensión sí esté sujeta a retención, por lo cual, la cuantía bruta es mayor, pero la cuantía neta es inferior.
"Pasar de no tener retención de IRPF a tenerla, de un año a otro, puede suceder cuando el trabajador se jubila en octubre o noviembre, con pensión baja o modesta, y para esos pocos meses de ejercicio fiscal, no se le aplica retención alguna en la paga. En cambio, al entrar en el siguiente ejercicio fiscal, ya completo, sí está obligado a soportar la retención, aunque sea un bajo porcentaje. En este supuesto, la persona percibirá menos dinero líquido al mes durante ese año, pero su pensión bruta aumenta, y eso le beneficia para las sucesivas revalorizaciones anuales, que se irán aplicando sobre la última pensión aumentada", explican desde Seguridad Social.
Además, es posible que parte de esa retención le sea devuelta al realizar la declaración de la Renta.
2.- Otra explicación técnica para empezar a pagar retención por IRPF (cuando antes la nómina no llevaba ningún descuento) es que el pensionista deje de tener exención, por no cumplir los requisitos para ello: disponer de otras vías de ingresos, dejar de tener hijos a cargo, dejar de ser viudo/a, cambiar de comunidad de residencia, etc.
Sin embargo, expertos fiscalistas explican que cobrar menos pensión neta tras la subida anual es muy poco habitual, y casi nunca sucede a pensionistas que lo son desde hace tiempo, salvo que cambien sus circunstancias patrimoniales o familiares.
¿Se puede recuperar parte de retención de IRPF?
Tanto en el caso de personas que saltan de tramo de IRPF con la subida del IPC, como aquellas que puedan cobrar menor pensión neta, es posible que, al realizar la declaración de la Renta, les salga a devolver, dependiendo de varios factores, según concretan los Técnicos de Hacienda (Gestha):
- Si el pensionista tiene otras rentas, o la única fuente de ingresos es la pensión.
- La CCAA en la que tiene su domicilio fiscal.
- La edad, y si presenta declaración de IRPF individual o conjunta.
- Vivienda habitual pagada o qué importe anual sigue pagando en cuotas de la hipoteca o en alquiler.
- Si el pensionista utiliza alguna otra deducción.
- Si tiene algún grado de discapacidad reconocida.


