Pensiones

Cómo pedir la "cotización por gracia" para sumar años extra a la jubilación sin tener que trabajar

Laura Moro

Foto: Bigstock

Domingo 17 de agosto de 2025

8 minutos

Está destinado a un grupo de trabajadores muy concreto

Cómo pedir la "cotización por gracia" para sumar años extra a la jubilación sin tener que trabajar
Laura Moro

Foto: Bigstock

Domingo 17 de agosto de 2025

8 minutos

La jubilación es una etapa esperada por muchos trabajadores y por eso, no está de más conocer algunos mecanismos que ofrece la Seguridad Social para sumar años cotizados sin la necesidad de trabajar. Eso sí, como ocurre en muchos otros casos, será necesario cumplir con los requisitos establecidos. En este caso, los beneficiarios son aquellos trabajadores a los que se les concedió la incapacidad permanente. Ellos pueden beneficiarse de lo que se conoce como “cotización por gracia”.

La “cotización por gracia” es un mecanismo legal que simula los años de cotización que una persona no pudo realizar debido a una incapacidad permanente. De esta forma, al calcular la pensión, se considera como si el trabajador hubiera seguido cotizando hasta la edad ordinaria de jubilación, evitando así recortes innecesarios.

Como se decía anteriormente, este beneficio solo se aplica a determinados grados de incapacidad que otorgan pensión vitalicia, concretamente la incapacidad permanente total, absoluta y gran invalidez.

Los casos de incapacidad permanente parcial quedan excluidos, pues esta modalidad suele compensarse mediante un pago único equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora.

¿Cómo funciona?

 

Al solicitar una pensión por incapacidad, se suman de forma automática los años que faltarían hasta alcanzar la edad legal de jubilación. Por ejemplo, un trabajador de 55 años con 25 años cotizados al que le queden 12 años para jubilarse, alcanzaría 37 años computables la Seguridad Social, lo que equivaldría al 100 % de su base reguladora.

En caso de que sumando años ficticios, no se alcancen los 15 años de cotización exigidos por la normativa, se aplicará automáticamente un porcentaje del 50 % sobre la base reguladora. Además, si la cuantía resultante queda por debajo de la pensión mínima legal, se podrá solicitar un complemento a mínimos.

Cómo solicitarlo

El trámite se realiza al solicitar la pensión por incapacidad permanente, y requiere:

  • DNI o NIE vigente

  • Informe médico definitivo

  • Certificado de empresa con bases de cotización

  • Historial de afiliación

  • Parte de accidente laboral, si aplica

Se puede solicitar  presencialmente: en la dirección provincial del INSS o de manera online a través del portal Tu Seguridad Social, con certificado digital o Cl@ve.

Lo recomendable es iniciar el proceso tan pronto como se obtenga la resolución de incapacidad, para que la pensión se calcule correctamente desde la primera nómina.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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