Pensiones

El tipo de incapacidad permanente con la que no se puede solicitar la 'cotización por gracia'

Laura Moro

Martes 2 de septiembre de 2025

3 minutos

Permite sumar años extra sin tener que trabajar

El tipo de incapacidad permanente con la que no se puede solicitar la 'cotización por gracia'
Laura Moro

Martes 2 de septiembre de 2025

3 minutos

Cómo pedir la "cotización por gracia" para sumar años extra a la jubilación 

 

La llamada “cotización por gracia” es un recurso legal que permite computar como cotizados los años que una persona no pudo trabajar a causa de una incapacidad permanente. Gracias a este mecanismo, al calcular la pensión se toma como referencia como si el trabajador hubiera seguido cotizando hasta la edad legal de jubilación, evitando así reducciones en la prestación.

Este beneficio solo se aplica en determinados grados de incapacidad que generan derecho a una pensión vitalicia: incapacidad permanente total, absoluta y gran invalidez.

La incapacidad que queda excluida

Por el contrario, la incapacidad permanente parcial no se incluye en este régimen, ya que en estos casos la compensación se realiza mediante un pago único equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora.

Cómo funciona

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Al solicitar una pensión por incapacidad, la Seguridad Social añade automáticamente los años que faltarían hasta llegar a la edad legal de jubilación. Por ejemplo, un trabajador de 55 años con 25 años cotizados, al que le resten 12 años para jubilarse, alcanzaría un total de 37 años computables, lo que le daría derecho al 100 % de su base reguladora.

Si, incluso con los años ficticios añadidos, no se llega al mínimo legal de 15 años de cotización, se aplicará de forma automática un 50 % sobre la base reguladora. Además, en caso de que la cuantía quede por debajo de la pensión mínima establecida, podrá solicitarse un complemento a mínimos.

Cómo tramitarla

La gestión se realiza al pedir la pensión de incapacidad permanente y es necesario presentar:

  • DNI o NIE en vigor

  • Informe médico definitivo

  • Certificado de empresa con las bases de cotización

  • Historial de afiliación

  • Parte de accidente laboral, si corresponde

La solicitud puede hacerse de forma presencial en la dirección provincial del INSS o bien por internet a través del portal Tu Seguridad Social, utilizando certificado digital o Cl@ve.

Lo más aconsejable es iniciar el procedimiento en cuanto se disponga de la resolución de incapacidad, para que la pensión quede correctamente calculada desde el primer pago.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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