Pensiones

Un jubilado pierde su pensión y deberá devolver 46.800 euros por superar los ingresos permitidos

Marta Jurado

Foto: Big Stock

Viernes 6 de marzo de 2026

2 minutos

Este pensionista compatibilizaba su prestación con una actividad económica como agricultor

Un jubilado pierde su pensión y deberá devolver 46.800 euros por superar los ingresos permitidos
Marta Jurado

Foto: Big Stock

Viernes 6 de marzo de 2026

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Tanto el Juzgado de lo Social nº 3 de Logroño como el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja han desestimado el recurso de un pensionista que compatibilizaba su pensión de jubilación con una actividad económica como agricultor sin cumplir los requisitos legales, según informan medios locales como Hoy Aragón.

Todo comenzó cuando la Inspección de Trabajo decidió investigar a este jubilado riojano y descubrió que desarrollaba una actividad agraria por cuenta propia desde abril de 2020. Sin embargo, no estaba dado de alta en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA).

Fue entonces cuando la Seguridad Social decidió darle de alta de oficio en el SETA e inició un expediente de revisión de su pensión. Tras la comprobación, se concluyó que los ingresos superaban el máximo permitido, que en su caso era el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Por esta razón, el TSJ de La Rioja ha decidido suspender temporalmente la pensión de jubilación de este pensionista, así como exigirle una devolución de 46.837 euros a la Seguridad Social, en concepto del dinero que estuvo percibiendo de pensión de jubilación durante dos años de manera fraudulenta.

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¿En qué casos sí se puede compatibilizar pensión y trabajo?

La Seguridad Social recoge varios supuestos de compatibilidad de cobro de pensión y trabajo para trabajadores del Régimen General, con fórmulas como la jubilación activa, la jubilación flexible o la jubilación parcial– con novedades desde el pasado abril–; o la opción de realizar trabajos ocasionales que no superen el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en base anual. 

"Esta última es la única opción que permitiría cobrar el 100% de la pensión sin contratiempos normativos, mientras que la jubilación activa y parcial suele suponer el cobro de parte de la pensión los primeros años–", señalan desde Legálitas. Así, existen vías para poder compatibilizar ingresos del trabajo y pensión, siempre que se cumplan los requisitos legales establecidos para cada fórmula y, notificando los cambios a la Seguridad Social en la mayoría de los supuestos. Aún así, los expertos recomiendan consultar cada caso.

Sobre el autor:

Marta Jurado

Marta Jurado

Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.

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