El colectivo sénior en España es cada vez más activo: viajan, consumen y tienen poder adquisitivo. Pese a ser un motor económico, no siempre es un colectivo al que las marcas traten bien. En su faceta de conductores, ponemos el foco en las limitaciones que pueden sufrir los conductores de más edad a la hora de alquilar un coche de manera ocasional.
“El contrato de un coche de alquiler es un contrato libre sujeto a la voluntad de las partes. Pero, desde luego, no sería aceptable desde ningún punto de vista que por razón de edad se estableciera algún tipo de recargo, o algún tipo de condición adicional, y por supuesto, un límite de edad” asegura, tajante, Mario Arnaldo, presidente Automovilistas Europeos Asociados (AEA).
La realidad es bien distinta. No hay prohibición, pero sí hay trabas. “Los usuarios sénior si pueden alquilar un coche en nuestro país, pero deben estar informados en todo momento de las normativas que para ello requiera cada compañía”, explica a 65YMÁS, Juan Luis Barahona, presidente de la patronal del sector, FENEVAL.
Nos da una primera pista. Cada compañía establece sus propias políticas y no hay uniformidad. “Lo generalizado es ver un incremento en el precio, pero no restricciones como tal” señala Luis Carvajal Mateo, Head de Pepecar. “Al no haber una normativa común, cada compañía tiene unas características propias a la hora de alquiler un vehículo y el requisito puede estar marcado en una edad u otra. Por ejemplo, algunas compañías lo limitan a los 70 años mientras que otras, establecen dicho límite en los 75 años. Aun así, generalmente la mayoría aplican los requisitos o limitaciones mencionados” apunta Patricia Carril, responsable de viajes en el comparador Rastreator.
Gran disparidad entre compañías
Lo cierto es que no hay una política común en relación a los conductores sénior, existe una gran disparidad entre las diferentes compañías del sector. “Las condiciones para los conductores sénior a la hora de alquilar un coche dependen de las propias normativas que establezcan cada compañía de alquiler”, explica Juan Luis Barahona, presidente ejecutivo de la Federación Nacional de Vehículos de Alquiler, FENEVAL (@Feneval), la patronal que engloba a cerca de 700 empresas y representa a casi el 95% del sector del alquiler de vehículos.
“Cada compañía de alquiler de vehículos puede tener unas condiciones diferentes, en todos los sentidos, tanto por lo que es la prestación del servicios, como en los servicios adicionales que quieran prestar o en las condiciones que establezcan, de devolución de los vehículos, y demás” dice Gerardo Ruiz, abogado del departamento de consumo de Legalitas(@Legalitas_ES).
La disparidad es tan grande, que los expertos ni siquiera se ponen de acuerdo en si las trabas para los mayores son o no habituales. “No es generalizado”, dice Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) (@aeaclub), “no es en absoluto, generalizado”. Los comparadores de alquiler de vehículos con las que hemos hablado, que trabajan con un gran número de empresas, sí consideran que estas requisitos adicionales para mayores son habituales.
Desde la patronal del sector, Juan Luis Barahona nos da algunos ejemplos: “En el caso de Avis, actualmente, no existe una edad máxima, siempre y cuando el usuario en cuestión haya tenido una licencia completa y válida durante al menos 1 año. Es posible que se requieran algunos pasos adicionales para las personas mayores de 75 años en la fecha de devolución prevista. En el caso de Sixt,no hay un límite máximo de edad ni cargos adicionales específicos para conductores de más 70 años de edad. En el caso de Centauro Rent a Car, los usuarios de 75 años o más pueden continuar alquilando cualquiera de sus vehículos, salvo que tiene que añadirse el suplemento conductor sénior a la reserva, se trata de un suplemento obligatorio independientemente del tipo de cobertura elegida”.
“Generalmente en España no suele haber un límite de edad, pero sí es cierto que algunas compañías de alquiler de coches tienen sus propias cláusulas y, lo más probable, es que los menores de 25 años y mayores de 70 sean penalizados con un recargo. Asimismo, también es importante tener en cuenta que si la antigüedad del carné de conducir es menor a dos años el precio del vehículo de alquiler también se incrementará notablemente independientemente de la edad”, nos explica Patricia Carril, responsable de viajes en el comparador Rastreator(@Rastrator).
“Nuestros proveedores no especifican restricciones de edad máxima para alquilar sus vehículos, así como sí los suele haber de edad mínima. Lo que sí suele ocurrir es que aquellos conductores mayores de 65 años tengan un fee o sobrecoste por esa razón frente a aquellos en otra franja de edad (lo mismo pasa para menores de 30 años)”, dice, en la misma línea Luis Carvajal Mateo, Head de Pepecar, otro de los compradores líderes y que trabaja con un gran número de compañías de alquiler de coches de todo el mundo.
¿Discriminación por edad?
“Poner un límite de edad para alquilar un coche sería discriminatorio, ni se podría hacer ni estaría justificado de ninguna manera. No sería aceptable en absoluto”, dice, tajante Mario Arnaldo, presidente Automovilistas Europeos Asociados (AEA). “Hemos observado que suele ser habitual que las compañías incorporen limitaciones de contratación según su edad. Bien en la categoría del vehículo a la que puede acceder, bien con la imposición de cargos extras”, explican a 65YMÁS desde la Organización de Consumidores y Usuarios, OCU (@consumidores). “Consideramos que se trata de una cláusula abusiva, por ser discriminatoria”, añaden.
Quizá para evitar ser acusados de una política que incurra en discriminación por edad las compañías evitan poner una edad máxima para alquilar vehículos, pero introducen condiciones y requisitos extra. Desde Legálitas, el abogado Gerardo Ruiz llama la atención, en primer lugar, en el hecho de que “no hay una regulación legal. Esto en mayúsculas. No hay una regulación legal que normalice el sector. Así, en ocasiones estamos en una situación realmente complicada en la que se pueden producir situaciones de abuso”.
“Si nos detenemos en la posibilidad de que estos contratos puedan suponer discriminación por razón de edad, la verdad es que no nos consta ningún tipo resolución ni sentencia al respecto. Lo que no significa que podamos verlo en el futuro. La realidad, y lo que suele ocurrir es que es muy raro que estos temas lleguen a la vía judicial, por las implicaciones económicas que tiene. Si por ejemplo hablamos de un su suplemento económico, nadie se mete en un pleito por una cuantía pequeña. Por eso hay muy poca jurisprudencia sobre el tema, porque las cuantías económicas son pequeñas”, añade Gerardo Ruiz, abogado del departamento de consumo de Legalitas.
Suplemento por ser mayor y cargos extra
Quizá en España las compañías no impongan un límite de edad máxima para alquilar un coche, pero si es generalizado que resulte más caro. A partir de los 65, 70 o 75 años, se paga un suplemento en la mayoría de las compañías. “No existe restricción como tal, pero sí se puede aplicar un suplemento y está bastante estandarizado. Decirte un número específico de proveedores que lo apliquen o no lo apliquen no nos es posible porque trabajamos con compañías por todo el mundo, pero sí puedo decirte que es algo generalizado”, nos cuenta Luis Carvajal Mateo, Head de Pepecar. “En cuanto al suplemento, sí puede ser similar al de conductores más noveles pero también te puedo decir que el conductor novel tiene más restricciones y “se mira con más lupa” que un conductor sénior, así que puede que, en determinados casos, también se vea reflejado en el precio final”.
“Prácticamente ninguna compañía tiene límite de edad, pero, por norma general, la mayoría cobra una tasa tanto a los conductores novel y sénior, que normalmente es igual o muy similar. Asimismo, también es importante recalcar que para este tipo de conductores el seguro básico no será suficiente, por lo que habrá que optar por otro con coberturas más amplias. Patricia Carril, responsable de viajes en el comparador Rastreator.
Los datos de siniestralidad no lo justifican
La siniestralidad de los conductores sénior no es mayor, tal y como confirman los datos oficiales de seguridad vial. “Los conductores mayores suelen ser más prudentes, hacen menos kilómetros, eso también es verdad, evitan la conducción nocturna, ellos mismos hacen una autolimitación, evitan las situaciones de peligro en la carretera”, puntualiza Mario Arnaldo. “Cuando una persona tiene carnet de conducir, está sujeto a las mismas condiciones que cualquier otra persona. Además los datos de siniestralidad no lo justifican, no es admisible”, asegura el presidente Automovilistas Europeos Asociados (AEA).
“No todo envejecimiento implica deterioro ni toda persona mayor representa un riesgo al volante”, decía recientemente Anatolio Díez, Secretario General de la Federación de Pensionistas y Jubilados de UGT-UJP y miembro del Comité Asesor de 65YMÁS, en una columna de opinión de sobre seguridad vial y edadismo.
Datos sobre salud y documentación extra
“En algunas ocasiones pueden llegar a solicitar un certificado médico que verifique el buen estado de salud del conductor, sobre todo en aquellas personas mayores de 75 años”, detalla Patricia Carril, de Rastreator. “Además, algunas compañías también pueden exigir la contratación de un seguro adicional, ya que la probabilidad de sufrir un siniestro suele incrementarse en los conductores novel y sénior”, añade.
“No tengo noticias de exigencias de ese tipo” dice Gerardo Ruiz. “Sería una exigencia desproporcionada para los fines para los que se va a firmar ese contrato de alquiler de un vehículo, no creo que pueda ser. Eso sería a todas luces reclamable. Pedir una información, datos personales como puede ser la historia clínica de una persona que excede mucho lo razonable”, añade el abogado de Legalitas.
“Las compañías no suelen preguntar por el estado de salud”, puntualiza el presidente de la patronal Fenveval. “Es fundamental que el conductor evalúe si está en condiciones físicas y cognitivas de conducir con plena seguridad, especialmente si sufre problemas de visión, reflejos o movilidad”, añade Juan Luis Barahona. Luis Carvajal, Head de Pepecar, lo corrobora, “En nuestro caso no” , es decir, en su plataforma, las compañías de alquiler de coche no piden ninguna documentación adicional.
“Quien tiene carnet válido y en vigor es porque ha pasado unos psicotécnicos para renovarlo, sería abusivo” pedir documentación sobre el estado de salud, concluye el abogado de Legálitas Gerardo Ruiz.
Ojo a los seguros
Los expertos apuntan al sector asegurador como responsable de las restricciones de edad e incremento de precio a la hora de alquilar un coche por parte de un conductor sénior. “Es un problema que viene impuesto por las compañías de seguros, mas que por las empresas de alquiler de vehículos” explica Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA). “Es por las pólizas de seguro que tengan concertadas con las aseguradoras, que son las que suelen tener más restricciones en el sentido de que no quieren tener asegurados a conductores a partir de una determinada edad”.
Las condiciones de alquiler de Avis España confirman que las restricciones de edad máxima para el conductor vienen impuestas por el seguro. “Puede establecerse una edad máxima para el conductor establecida por el seguro”.
El debate sobre una edad límite para conducir
El debate sobre si se debe o no establecer una edad máxima para conducir está más abierto que nunca. Alentado por la propia Dirección General de Tráfico (DGT) al asegurar su director general, Pere Navarro que se revisarán los plazos y las pruebas psicofísicas en la renovación del carné de conducir de las personas de edad avanzada.
“Quien debe marcas si podemos o no conducir son las condiciones psicofísicas que tengamos, no nuestro DNI. No se puede establecer un límite de edad, además afortunadamente cada vez llegamos a una mayor edad en mejores condiciones”, explica Mario Arnaldo, de AEA.
“Lo qué quizá hay que abordar es como mejorar el control de las condiciones psicofísicas, no de las personas mayores, sino de todos los conductores. Y quizá lo primero que debemos abordar es que ese control no se haga a través de los centros de reconocimiento médico para conductores, sino de los propios médicos que atienden a sus pacientes. Ellos deberían saber cuándo una persona no está en condiciones de conducir, porque tenga una enfermedad que limite temporal o definitivamente su capacidad para conducir, porque temporalmente está tomando un tratamiento que interfiere su capacidad Nadie como tu médico sabe si eres apto para conducir o no, si tienes alguna limitación o no, temporal o indefinida, con 80, 50 o 40 años”, concluye Arnaldo.
Ahora mismo, la normativa de la DGT establece que no hay una edad máxima ni un límite de edad para seguir conduciendo. Sin embargo, a partir de los 65 años, se introduce un cambio significativo en el proceso de renovación del permiso de conducir: el periodo de vigencia se reduce de 10 a 5 años, con el objetivo de garantizar que las capacidades necesarias para manejar un vehículo se mantienen intactas.
Sobre el autor:
Beatriz Torija
Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.