Luz y gas

El importante aviso del Banco de España a quienes tengan domiciliados los recibos de luz y agua

Elisa Leiva

Domingo 4 de febrero de 2024

ACTUALIZADO : Jueves 21 de marzo de 2024 a las 16:28 H

2 minutos

Todos los españoles tienen derecho a devolver recibos habiendo cumplido ciertos requisitos

Cómo domiciliar tus recibos. El importante aviso del Banco de España a quienes tengan domiciliados los recibos de luz y agua
Elisa Leiva

Domingo 4 de febrero de 2024

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Una práctica común entre los españoles consiste en realizar los pagos de facturas a través de domiciliación bancaria que solicita el requerimiento del usuario a la entidad financiera. Se lleva a cabo principalmente en lo que respecta a los suministros básicos del hogar, como la luz, el agua o el gas.

En este sentido, el Banco de España recuerda a todos los españoles que tienen derecho de devolver puntualmente ciertos recibos si lo estiman conveniente. 

No obstante, esta acción podría acarrear graves consecuencias para el usuario. Si no se explican claramente los motivos a las entidades, existe el riesgo de que las compañías de luz, agua o telefonía interpreten que se está renunciando a los servicios y opten por suspender el suministro. 

Además, devolver la factura a una entidad pública podría resultar en la pérdida de subvenciones vigentes o en la aplicación de recargos. 

 

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Requerimientos para solicitar la devolución de un recibo

Según lo indicado por el Banco de España, para solicitar la devolución de un recibo autorizado previamente, es necesario cumplir dos condiciones. En primer lugar, el usuario no debe tener información sobre el cargo realizado. En segundo lugar, tras varios pagos de una cantidad superior a lo habitual, no se debe contar con un recibo correspondiente.

Además, con el fin de evitar posibles repercusiones por la devolución de un recibo, el Banco de España destaca la importancia de especificar de manera clara la razón de la devolución. "La normativa de servicios de pago contempla el derecho del cliente a ordenar la devolución de los recibos o adeudos domiciliados que la entidad tiene que atender", explican desde la entidad pública.

De acuerdo a la normativa vigente, los usuarios tienen un período de ocho a trece semanas para realizar devoluciones de recibos, en el caso de que los cargos cuenten con autorización previa. En situaciones no autorizadas, el banco tiene un plazo de 10 días hábiles para devolver el importe cobrado o, en su defecto, justificar el cargo

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