
Las nuevas normas de la DGT para ciclistas y motoristas que ya están en vigor
Hay cambios en el equipamiento obligatorio hasta nuevas reglas de circulación

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha introducido este año un conjunto de medidas destinadas a mejorar la seguridad de ciclistas y motoristas, dos de los colectivos más vulnerables en las vías españolas. Estas normas abarcan desde el equipamiento obligatorio hasta nuevas reglas de circulación y formación.
Estas medidas buscan reducir la siniestralidad y mejorar la convivencia vial entre todos los usuarios de la carretera. Es fundamental que tanto motoristas como ciclistas se informen y adapten a estas nuevas normativas para garantizar su seguridad y la de los demás.
Motoristas

Las medidas para los motoristas son las siguientes:
Casco obligatorio: Se prohíbe el uso de cascos abiertos, siendo obligatorio el uso de cascos integrales o modulares. Esta medida busca reducir las lesiones craneales y faciales en caso de accidente.
Guantes homologados: El uso de guantes homologados se convierte en obligatorio en cualquier trayecto, tanto urbano como interurbano, para proteger las manos en caso de caída.
Elementos reflectantes: Se exige portar prendas o accesorios reflectantes que garanticen una visibilidad mínima de 150 metros en condiciones de baja luminosidad o durante la noche.
Uso del arcén en atascos: Se autoriza a las motocicletas a circular por el arcén en situaciones de retenciones o atascos, siempre que la velocidad no supere los 30 km/h y se respete la prioridad de otros vehículos que también puedan utilizar este espacio.
Formación práctica: Los cursos para obtener el carné de moto A incluyen más horas de prácticas en tráfico real, con el fin de mejorar la experiencia del conductor antes de circular de manera autónoma.
Ciclistas

Por su parte, los ciclistas deberán seguir las siguientes normas:
Casco obligatorio: El uso del casco es obligatorio para todos los ciclistas, tanto en vías interurbanas como en zonas urbanas, sin excepciones.
Elementos reflectantes: Se exige el uso de elementos reflectantes que garanticen una visibilidad mínima de 150 metros en condiciones de baja luminosidad o durante la noche.
Circulación en sentido contrario: En calles de un único carril con límite de velocidad de 30 km/h, se permite a los ciclistas circular en sentido contrario al habitual, con el fin de mejorar su visibilidad y seguridad.
Y los conductores deberán tener estas normas en cuenta cuando se crucen con un ciclista:
Distancia de seguridad: Los conductores de vehículos a motor deben mantener una distancia lateral mínima de 1,5 metros al adelantar a ciclistas. Además, en vías con varios carriles, deberán cambiar completamente de carril para realizar el adelantamiento.
Reducción de velocidad al adelantar: Los vehículos a motor deben reducir su velocidad en 20 km/h respecto al límite del tramo al adelantar a ciclistas. En entornos urbanos, la distancia mínima de seguridad debe ser de al menos cinco metros.