Acaben con la penalización a la jubilación anticipada involuntaria
Viernes 26 de septiembre de 2025
5 minutos

Viernes 26 de septiembre de 2025
5 minutos

Me jubilé en 2010 con 61 años de edad después de quedarme en paro en 2007 por causas no imputables a mi voluntad, incurso en un expediente de regulación de empleo, en plena crisis, la peor en los últimos 50 años.
Después de haber cotizado a la Seguridad Social durante más de 42 años (fecha de alta: 01-07-1967), tuve que aceptar una disminución del 24% de mi pensión por haber adelantado 4 años la edad establecida para la jubilación de 65 años. Además, con la circunstancia agravante de que si en esos cuatro años no me reincorporaba a un trabajo (empresa harto difícil para una persona mayor de 60 años y un aumento galopante del paro), y, por lo tanto sin cotizar a la Seguridad Social esos últimos cuatro años, después de haber agotado los dos años y medio de paro, y percibiendo la prestación para mayores de 55 años de 426 euros, mi pensión se vería aún más penalizada.
Atendiendo al carácter contributivo de nuestro sistema de Seguridad Social y considerando razones de equidad y solidaridad, es difícil entender que, por ejemplo, un trabajador con 30 años de cotización que acceda a la jubilación a la edad legalmente prevista, en aquel momento, de 65 años, cobre el 100% de lo que le corresponda por sus cotizaciones a lo largo de su vida laboral, y otro, con más de 40 años cotizados, y que anticipe forzosamente su edad de jubilación, pueda cobrar, de por vida, entre un 70% o un 76% de esa base.
Después de innumerables intentos de encontrar trabajo entre los años 2007 y 2010 en diferentes sectores del mercado de trabajo, siempre recibía la misma respuesta: "Perfil no adecuado", lo que me llevó a un gran desasosiego, llegando a dudar de mis capacidades y profesionalidad, desarrollada a lo largo de más de 42 años cotizando a la Seguridad Social en diferentes empresas, interrumpidos únicamente por mi incorporación al Servicio Militar, obligatorio en aquellos años.
Esta circunstancia me empujó a “modificar mi edad”, consignando una edad de 45 años, en lugar de los 61 cumplidos que tenía, en el curriculum presentado a una empresa que solicitaba un comercial con una característica muy frecuente en casi todas las ofertas de trabajo: "Abstenerse mayores de 45 años". Oh casualidad, a los pocos días recibo una llamada del departamento de selección de personal de dicha empresa, y después de una hora de entrevista telefónica, resultó que yo era un fenómeno, y me daban una cita para la siguiente semana en un hotel de mi ciudad para tener la entrevista presencial, junto con otros candidatos, para hacer la selección definitiva.
Antes de despedirnos, le comuniqué a mi interlocutor que en el curriculum que había enviado, había un dato que no se correspondía con la realidad. A su pregunta de "¿se equivocó usted en algo?", mi respuesta fue contundente y le expliqué el porqué del cambio en el dato de la edad. A continuación me informó de que la política de la empresa no permitía admitir a personas de edad superior a lo prescrito. Le indiqué entonces que cuánto de importante eran los años, que había tenido delante todo el rato de la entrevista mi fotografía actualizada y, al parecer, no me encontraba discordante con la edad consignada de 45 años.
El pasado día 27 de enero de 2025 se cumplieron 15 años desde que el Sr. Don Gaspar Llamazares, de Izquierda Unida, junto a otros grupos políticos de izquierda, registraron en el Congreso de los Diputados una proposición de ley donde plantea que los trabajadores que pasen a la situación de "jubilación anticipada forzosa" perciban su pensión completa y sin ningún tipo de penalización al cumplir los 65 años.
La iniciativa muestra también la contradicción existente en la actualidad, sobre todo atendiendo al carácter contributivo del sistema de Seguridad Social, cuando la ley establece que un trabajador con 30 años de cotización que se jubile a los 65 años cobre el 90% de su base reguladora, mientras que otro con más de 40 años que anticipe forzosamente su edad de jubilación pueda cobrar, de por vida, entre un 70% y un 76% de esa base.
Yo me jubilé el 15 de abril de 2010, día en que cumplí los 61 años, aceptando el coeficiente reductor del 24%, con el convencimiento de que esta proposición de ley, según me informaron, saldría adelante, y que después de cuatro años de "sufrirla", recuperaría el importe de lo que, a lo largo de más de 42 años cotizados, más el Servicio Militar, había sido acreedor.
Espero que la demanda presentada por el bufete Navas&Cusí ante el Tribunal de Justicia Europeo por Discriminación Múltiple llegue a buen término, y en tiempo, de manera que algunos que ya entramos hace unos años en la década de los setenta, lo veamos y podamos disfrutar algunos años de los merecidos beneficios, sin recortes, de nuestro esfuerzo y aportación a la sociedad.
Mucha fuerza para el equipo negociador de Asjubi40 desplazado a Bruselas junto con el bufete Navas&Cusí para la entrevista con la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo. Muchísima suerte y, que de una vez se haga justicia.
Si eres lector o lectora de 65YMÁS y quieres denunciar cualquier situación de la que hayas sido testigo, dar tu opinión sobre cualquier tema de actualidad o sobre cualquier circunstancia que te afecte, puedes enviarnos una carta a nuestro diario. Es muy sencillo. Sólo tienes que entrar en CARTAS A LA DIRECTORA o rellenar este formulario:
