Los propietarios de los vehículos tienen que pagar una serie de impuestos. El primero de ellos es el IVA y el impuesto de matriculación cuando se compra un vehículo nuevo. Si es de segunda mano, no se paga ninguno de los dos anteriores, pero sí el impuesto de transmisiones patrimoniales.
La única tasa que tienen en común tantos los vehículos nuevos como los de segunda mano, y que hay que abonar todos los años, es el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
En este sentido, el Ayuntamiento de Madrid, a través de su Agencia Tributaria, tiene abierto hasta el 31 de mayo, el periodo de pago de este impuesto, que tienen que abonar los conductores de la ciudad.
Este tributo se lleva cobrando desde 1990, cuando sustituyó al Impuesto Municipal sobre Circulación. Los Ayuntamientos son los que se han encargado siempre de recaudar este impuesto.
El tributo es necesario para poder circular, y su nombre ha ido cambiando con el tiempo. El que más recuerda toda la población es el numerito. Al principio, todos los coches matriculados tienen que pagar el impuesto de circulación, incluidos los vehículos que tienen permisos temporales de circulación o que tengan una matrícula turística.
Los únicos vehículos oficiales que no tienen que pagar esta tasa son los vehículos oficiales, los representantes diplomáticos, los servicios sanitarios, los conductores con movilidad reducida (con un grado igual o superior al 33%), el transporte público urbano con más de nueve plazas y la maquinaria con Cartilla de Inspección Agrícola.
¿Cómo y dónde hacer el pago?
Mediante domiciliación bancaria. Si el tributo ya está domiciliado con anterioridad. Si se domicilia el por primera vez durante el período voluntario de pago, puede hacerse a través de Internet, del Teléfono de Atención 010 y de las Oficinas de Atención al Público, el importe se cargará en la cuenta bancaria el 15 de junio y en años sucesivos el cargo se producirá el último día del período voluntario de pago.
Pago con tarjeta de crédito o débito. A través de Internet, en la página www.madrid.es/pagos. A través del teléfono 010 si llama desde el municipio de Madrid y en el teléfono 91 529 82 10 si lo hace desde dentro o fuera.
Pago con certificado digital. A través de Internet, en la página www.madrid.es/pagos.
Pago a través de las oficinas de entidades colaboradoras. Se puede realizar, previa presentación de los impresos en poder de la persona o entidad contribuyente, bien en ventanilla, bien en los cajeros automáticos, en aquellas entidades que dispongan de este servicio, de las siguientes: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) - Banco Sabadell - Banco Santander - Caixabank - Ibercaja Banco.
Quienes no elijan el sistema de pago a través de domiciliación bancaria, deberán efectuarlo hasta las 20:00 horas del 31 de mayo, último día del periodo voluntario de pago establecido.
¿Qué coste tiene e el IVTM?
El impuesto no tiene un precio único, ya que cada Ayuntamiento estipula unas tasas. Las cuotas se fijan por ley en función de la potencia del vehículo, medida en caballos fiscales, del modelo del coche y del coeficiente de incremento máximo que fija el propio consistorio.
¿Cuál es la infracción por no pagarlo?
Al tratarse de un trámite administrativo que no afecta a la seguridad ni a la legalidad del vehículo, los agentes de Tráfico no pueden expedir una sanción.
Pero esto puede incurrir en otro tipo de penalización, si cada año se van acumulando los respectivos recargos por impago. Cuando la deuda supere los 500 euros, el Ayuntamiento podrá proceder al embargo de la cuenta o del vehículo.
Sobre el autor:
Laura Moro
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.