Sociedad

Planificación sucesoria: ¿qué documentos son válidos además del testamento?

Laura Moro

Foto: Bigstock

Viernes 25 de noviembre de 2022

3 minutos

La planificación sucesoria es una herramienta pensada para evitar futuros conflictos

Planificación sucesoria: ¿qué documentos son válidos además del testamento?
Laura Moro

Foto: Bigstock

Viernes 25 de noviembre de 2022

3 minutos

La planificación sucesoria es una herramienta de previsión familiar pensada para evitar futuros conflictos entre los herederos, y asegurarnos de que en caso de enfermedad o pérdida de la capacidad de obrar, se cumpla nuestra voluntad.

En este sentido, es importante conocer que existen otros documentos, además del testamento, que pueden facilitar el reparto de bienes. Estos son el testamento vital y el poder preventivo:

El testamento vital

El testamento vital se utiliza para manifestar los deseos de cada uno sobre los cuidados y tratamientos médicos futuros en caso de no poder manifestar libremente tu voluntad. Este tipo de testamento entró en vigor en España en el año 2022, y son las diferentes Comunidades Autónomas las encargadas de gestionarlo y supervisarlo.

A día de hoy, además de que el fallecido puede dejar instrucciones sobre su cuerpo y sus órganos, también se puede decidir si llegado el momento, la persona quiere una muerte digna mediante eutanasia.

Para poder hacer este tipo de documento hay que estar en pleno uso de tus facultades mentales (en caso de ser una persona incapacitada judicialmente para ello no podría hacerse), poder expresarte de forma libre, por lo que no pueden existir coacciones y ser mayor de edad. Si tienes entre 16 y 18 pero estás emancipado, tienes derecho a hacerlo también.

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Poder preventivo

Un poder es un documento con validez legal con el que otorgamos a alguien de nuestra confianza la capacidad de tomar decisiones y llevar a cabo acciones en nuestro nombre. Es muy habitual otorgar poderes notariales a nuestro representante legal cuando nos vemos envueltos en un proceso judicial y, también, cuando los padres comienzan a ser muy mayores y tener algún problema de dependencia, es habitual que otorguen poderes a sus hijos para que puedan hacer gestiones en su nombre, por ejemplo, en el banco o en las administraciones públicas.

Este tipo de poder notarial permite a una persona designar a otra para que actúe representando sus intereses cuando ésta pierda la capacidad para manifestar su voluntad. En realidad, cualquier persona podría hacer uso de este recurso, dado que no hay nadie que esté libre de no sufrir una enfermedad en el futuro que altere sus capacidades cognitivas.

La persona que decide tomar esta medida lo que busca es asegurarse de que el individuo que elija, y no otro, será el que se ocupe de defender sus derechos y de cumplir con sus obligaciones. En caso de que se constituya un régimen de tutela, este poder puede quedar anulado mediante una resolución judicial. También se puede anular, posteriormente, a instancias del propio tutor.

Una de las ventajas que ofrece este poder notarial es que permite gestionar el patrimonio de la persona, cuya capacidad cognitiva está alterada, sin tener que acudir al procedimiento de incapacitación judicial. Un proceso que, según los expertos, es lento y puede tardar más de un año en llevarse a cabo.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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