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Comprar habitaciones al vecino para agrandar tu vivienda: una opción legal poco conocida

Stefano Traverso

Jueves 18 de diciembre de 2025

4 minutos

Un trámite poco habitual entre particulares que permite adaptar el tamaño de la casa

Comprar habitaciones al vecino para agrandar tu vivienda: una opción legal poco conocida
Stefano Traverso

Jueves 18 de diciembre de 2025

4 minutos

Aunque pueda parecer algo extraño, comprar parte de la vivienda contigua es un alternativa real para ajustar el tamaño de tu vivienda a tus necesidades actuales. Es una práctica poco difundida, pero totalmente legal, que es conocida como agregación y segregación de inmuebles.

¿En qué consiste exactamente y cuáles son los pasos a seguir?

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) autoriza la unión o la división de elementos privados dentro de un mismo edificio, siempre que, según indica el portal Idealista, se cumplan una serie de requisitos.

  • Debe existir el consentimiento de los propietarios de los pisos afectados, dado que la operación implica dividir un elemento privativo para incorporar parte de él a otro, tal y como indica Patricia Briones, abogada y secretaria técnica del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid)a Idealista.
  • Acuerdo de la junta de propietarios: en virtud del art. 17.4 de la LPH, la segregación, división, agregación o agrupación de pisos o locales, así como la alteración de cuotas de participación de las fincas afectadas, requieren autorización de la Junta adoptando un acuerdo con el voto favorable de las 3/5 del total de propietarios y cuotas, salvo que el Título Constitutivo o los Estatutos reconozcan este derecho a los propietarios, en cuyo caso, no será necesario la autorización de la junta y solo deberá comunicarse la obras y las nuevas cuotas de participación.
  • Cumplimiento de la normativa urbanística, es decir, licencia o declaración responsable. Como es obvio en estas cuestiones siempre es conveniente ir de la mano de un profesional: un arquitecto te evitará sorpresas desagradables y podrá aportar su visión técnica del tema. 
Comprar habitaciones al vecino para agrandar tu vivienda: una opción legal poco conocida

La arquitecta Paloma Gómez Marín, que llevó a cabo la agregación de habitaciones de la vivienda de su vecina a la suya, menciona al portal Idealista que su vecina vivía sola en un piso de 180 metros cuadrados que no podía mantener. “Pero yo tenía entonces, te hablo de hace 20 años, a mis hijas pequeñas y cuando venían sus amigas a jugar no tenía donde estar porque ocupaban toda la casa. Ella me planteó cambiarnos la casa pagando la diferencia de metros pero a mí no me interesaba porque la mía estaba recién reformada. Y así surgió la idea de que me vendiese dos habitaciones, unos 30 metros cuadrados aproximadamente”, explica.

Gómez Marín explica que, luego de ser aprobado por la comunidad de vecinos, “el que cede las habitaciones (por un precio) debe hacer una segregación de esos metros cuadrados de vivienda y el que los adquiere debe hacer una agregación a sus metros cuadrados de vivienda, con lo que aparecerán en su nueva inscripción registral con la suma o resta de los metros finales como un único bien”.

Briones también recuerda que la LPH obliga a ajustar las cuotas de participación, ya que la superficie de ambas viviendas cambia. La persona que amplíe su casa verá incrementada su cuota y pagará más gastos comunitarios, mientras que la que la reduzca tendrá una cuota menor.

Este tipo de modificaciones deben inscribirse en el Registro de la Propiedad, una vez formalizadas ante un notario, para garantizar la seguridad jurídica frente a terceros.

Finalmente, Briones cuenta a Idealista que el Ayuntamiento también debe intervenir en esta operación. “Es necesario informar al Ayuntamiento y obtener autorización administrativa para un proceso de segregación y agregación de viviendas, así como para cualquier obra relacionada. Antes de realizar la segregación o agregación registral, debes solicitar una licencia urbanística municipal o, en su caso, un certificado de innecesariedad de licencia, dependiendo de las regulaciones del municipio y la comunidad autónoma”, señala la arquitecta. “Los plazos para que el Ayuntamiento de Madrid resuelva una solicitud de licencia de segregación, agrupación o agregación suelen ser de hasta tres meses desde la presentación de toda la documentación requerida”, agrega.

Sobre el autor:

Stefano Traverso

Stefano Traverso

Stefano Traverso es licenciado en Ciencias de la Comunicación en la USMP de Perú; con un máster en Marketing Digital & E-commerce en EAE Business School de Barcelona. Ha trabajado en diferentes medios de comunicación en Perú, especializándose en deporte, cultura y turismo.

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