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¿Jubilación o incapacidad permanente? Un abogado explica qué te conviene más

Laura Moro

Foto: Bigstock

Martes 17 de febrero de 2026

8 minutos

Depende de tu edad y los años cotizados

¿Jubilación o incapacidad permanente?  Un abogado explica qué te conviene más
Laura Moro

Foto: Bigstock

Martes 17 de febrero de 2026

8 minutos

La pensión por incapacidad permanente es una ayuda destinada a los trabajadores que, por enfermedad o accidente, ven reducida o anulada su capacidad laboral.

Esta prestación se puede cobrar hasta que el trabajador alcanza la edad ordinaria de jubilación, que este 2026 se sitúa en los 66 años y 10 meses, aunque sigue siendo posible jubilarse a los 65 para quienes acrediten al menos 38 años y 3 meses de cotización, manteniéndose el periodo mínimo exigido para acceder a la pensión en 15 años.

Por su parte, la pensión de jubilación es otra prestación económica, vitalicia, que se concede a los trabajadores que alcanzan la edad mencionada anteriormente.

Incapacidad o pensión de jubilación, ¿qué te conviene?

Los expertos en derecho laboral lo tienen claro: si puedes cobrar una pensión por incapacidad, no te jubiles. 

Los abogados argumentan que el motivo principal de esta decisión radica en la cuantía. En el caso de tu pensión de jubilación, dependerá de la edad a la que te jubiles y de los años cotizados: "Tienes que tener un mínimo de 15 años cotizados para tener el 50% de la pensión. Si llevas cotizados menos de 15 años, ya sabemos que la incapacidad permanente puede ser una mejor opción", explican los expertos.

 

Y "a partir de tener 15 años, para tener el 100% de la pensión, tienes que tener algo más de 36 años cotizados, y para poder jubilarte con 65, tienes que tener cotizados 38 años y medio".

Es decir, "que si quisieras jubilarte, primero, para poder acceder con 65 años, tendrías que haber cotizado 38 años y medio, y para tener el 100% de la pensión, 36 años cotizados".

Además, si te jubilas, pierdes derecho a solicitar la prestación por incapacidad.

Tener en cuenta estos números es importante porque "si tienes una serie de lesiones, pero llevas 35 años cotizados", la incapacidad puede ser una opción. Porque con la incapacidad total "te darán el 55% de la base reguladora" y con la absoluta "el 100% de la base"; tienes que plantearte "si te sale a cuenta o no".

El experto recuerda que es importante que cada trabajador analice su caso personal, pero en líneas generales recomienda la incapacidad "si te quedan muchos años para jubilarte y no vas a obtener el 100%" de la prestación. 

"La opción de jubilación estaría bien cuando te quedan pocos años para jubilarte, llevas muchos años cotizados y posiblemente vayas a cobrar el 100% y, además, te pudieras jubilar con 65 años y no tienes que esperar muchos años para llegar a eso".

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera. Actualmente, escribe sobre temas de actualidad y cultura, realiza tareas de community management y coordina eventos.

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