¿Pueden despedirme si llevo más de 18 meses de baja?
El trabajador tiene tres opciones pasado este tiempo
Los trabajadores que por enfermedad o accidente accedan a la baja laboral deben saber qué ocurre cuando pasan los 18 meses sin acudir al puesto de trabajo.
Lo primero que debemos aclarar es que los 18 meses corresponden a la prórroga de la baja laboral, que tiene una duración de 365 días, en el caso de accidente o enfermedad, independientemente de cuáles sean sus causas, y que puede prorrogarse otros 180 días "cuando se presuma que, durante ellos, el trabajador pueda ser dado de alta médica por curación".
Pasado este tiempo, ocurre un cambio importante: se deja de cotizar. Pero esto no significa que tu empresa te haya despedido, simplemente que deja de tener la obligación de cotizar por ti.
En ese momento el trabajador tiene 3 opciones: solicitar una incapacidad permanente, pedir el alta o pedir la prórroga excepcional de la baja.
Empezando por la primera opción, para que concedan la incapacidad permanente, el trabajador debe tener aún limitaciones físicas o mentales que anulan o reducen su capacidad de trabajar de forma definitiva.
Las secuelas deberán ser crónicas y sin que haya mejoría prevista.
Si el trabajador decide volver a trabajar, recibirá el alta médica y se reincorporará al trabajo.
Por último, se puede solicitar una prórroga excepcional si existe posibilidad de mejoría en los próximos meses o si el cuadro clínico aún no está estabilizado.
En caso de que te concedan, la prórroga será de un máximo de seis meses y a lo sumo, estarás de baja 24 meses. Antes de cumplir los dos años, la Seguridad Social decidirá si te da el alta, te conceden la incapacidad permanente o agotas la prórroga.
Entonces, ¿me pueden despedir a los 18 meses de baja?
Como decíamos anteriormente, a los 18 meses la empresa deja de tener la obligación de cotizar, y puede dar de baja al trabajador y pagarle el finiquito. Ahora bien, esto significa que la relación laboral está suspendida, no extinguida. Es decir, no hay derecho a salario, pero existe la posibilidad de reincorporarse en un futuro en caso de que el estado mejore, explican desde el blog de Madrid Salinas Abogados.
Cuando si pueden extinguir tu contrato es cuando te dan de baja a los 18 mese y no te reincorporas de manera inmediata.
Otro motivo es que no se materialicen ninguna de las tres opciones o que la empresa crea que la baja derivó en una ineptitud sobrevenida para el trabajo.


