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Las medidas que desaparecerán el 9 de mayo con el fin del estado de alarma

65ymás

Miércoles 7 de abril de 2021

5 minutos

Juristas avisan de que se acabará el cierre perimetral de comunidades y el toque de queda

¿Qué pasará en España cuando se acabe el estado de alarma el 9 de mayo?
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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunciaba este martes en rueda de prensa su intención de que el 9 de mayo sea el "punto y final" del estado de alarma. Diversos constitucionalistas advierten de que si decae supondrá el fin tanto de los cierres perimetrales de comunidades autónomas como del toque de queda, ya que son restricciones que afectan a derechos fundamentales.

En este sentido, diversos expertos consultados por Europa Press indican que a partir de ese 9 de mayo las comunidades autónomas, aunque se coordinen en el Consejo Interterritorial de Salud, vuelven a la situación anterior al estado de alarma y por lo tanto sólo pueden adoptar "medidas ordinarias" en materia de sanidad.

No obstante, indican que para situaciones graves pueden llegar a limitar derechos fundamentales pero sólo en casos muy definidos e individualizados valiéndose de la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública de 1986.

Dicha norma, en su artículo tres, señala que con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria, además de realizar las acciones preventivas generales, podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible.

Atendiendo a esto, los expertos indican que sí que podrían verse aún cierres perimetrales, pero serían de zonas sanitarias, barrios o como mucho de ciudades, nunca de toda una comunidad autónoma. Además, esos cierres que se adoptarían por decreto tendrían que contar con el aval de los tribunales.

De esta forma, señalan que se vuelve a la situación que se vivió el verano pasado, y que las administraciones autonómicas sí que podrían por ejemplo restringir horarios comerciales y de hostelería.

Por su parte, desde las asociaciones judiciales señalan que las comunidades autónomas pueden ordenar restricciones por razones de salud pública, pero siempre que no afecten a los derechos fundamentales. Concepción Rodríguez, del Foro Judicial Independiente (FJI), recuerda que la limitación de la circulación y permanencia de personas en determinados lugares están incluidas entre las restricciones que reserva la ley de 1981 para el estado de alarma.

Las medidas que pudieran adoptar las comunidades autónomas, en todo caso, no podrán ser como las actuales, para las que se precisa estado de alarma en opinión de María Jesús del Barco, de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM). Así, ha recordado que entre el pasado mes de julio y el actual estado de alarma se impusieron algunas normas en algunos territorios que fueron impugnadas ante los tribunales superiores de justicia que fueron validadas, pues debe estudiarse la proporcionalidad concreta de cada una de ellas.

Con esta opinión coinciden fuentes del Tribunal Constitucional consultadas por Europa Press, que insisten en que, aunque es más complicado que existiendo un estado de alarma, las comunidades autónomas podrían adoptar algunas medidas con aprobación judicial, dadas sus competencias en sanidad. Las restricciones de movilidad en todo caso se podrán llevar cuando acabe el estado de alarma al Consejo Interterritorial de Salud.

 

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Qué dice el Gobierno

La portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, se ha pronunciado sobre este asunto y ha explicado que el fin del estado de alarma supondrá el levantamiento de las medidas "generales" que, como el toque de queda, requieren de este "paraguas" legal. Eso sí, ha defendido que, con el aval de los tribunales y amparándose en la legislación ordinaria, las comunidades autónomas podrán seguir tomando medidas para limitar la movilidad dentro de sus territorios, como ya se hizo a mediados de 2020, tras la desescalada.

"Las comunidades ya tuvieron medidas de contención del movimiento y de la limitación a la actividad pero no desde ese paraguas, que es general. Por tanto ya lo hemos experimentado, no es una iniciativa nueva", ha argumentado en una entrevista en RNE. Así, Montero ha asegurado que lo que acabarían entonces "son las medidas generales". "Pero lo que no acabará nunca es la competencia que tienen las comunidades para delimitar cuáles son las medidas de seguridad que en su territorio se pueden poner en marcha. Eso es algo importante", ha apostillado.

A este respecto, ha defendido que "tanto la legislación ordinaria" como el "refuerzo" del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) "lo permite, sin tener que recurrir al estado de alarma si no es imprescindible".

Preguntada en concreto por los cierres perimetrales a nivel autonómico, Montero ha asegurado que "podrían desaparecer dependiendo de la incidencia que exista en cada territorio", pero ha admitido que cada territorio puede "poner en marcha algún tipo de medida de restricción que entienda que es conveniente para que no se produzca un incremento en el número de contagios".

En todo caso, la portavoz del Gobierno ha asegurado que confían en que, gracias al aumento de la vacunación que se irá produciendo de aquí a finales del verano, no sea necesario volver a aplicar medidas que limiten los derechos fundamentales.

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