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¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros y cómo funciona?

Mariola Báez

Foto: Bigstock

Viernes 28 de febrero de 2020

7 minutos

En caso de sufrir una inundación por un temporal, ¿tendrías derecho a solicitar una indemnización?

El Consorcio de Compensación de Seguros
Mariola Báez

Foto: Bigstock

Viernes 28 de febrero de 2020

7 minutos

Cada vez que escuchamos noticias sobre algún desastre relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, que causan graves daños personales y desperfectos materiales, como los que provocó el temporal ‘Gloria’ el pasado mes de enero, oímos hablar de él pero, a la hora de reclamar una posible indemnización, surgen dudas. Conocer cómo puedes resolverlas, en un momento quizá complicado, es importante

¿De qué se encarga este organismo?

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS @consorseguros) es una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (@_minecogob). Tiene personalidad jurídica propia y también patrimonio independiente del Estado, por lo que su actividad no depende más que de sus propios presupuestos. Realiza funciones diversas y puede decirse que es un instrumento que respalda las acciones y el funcionamiento del sector asegurador en España.

no puedes directamente contratar una póliza con unas coberturas establecidas directamente con el Consorcio, pero al hacerlo con la compañía que hayas elegido, también estás recibiendo su respaldo ante situaciones muy concretas. Sus campos de actuación, respecto a lo que afecta a los particulares se ciñen principalmente a tres:

  • Seguro de riesgos extraordinarios. Es el que está previsto para poder indemnizar a aquellas personas que han sufrido algún daño o pérdida principalmente a causa de fenómenos naturales, que no suelen cubrir las aseguradoras por sus elevados riesgos y por las altas cuantías económicas que implicaría su cobertura. Inundaciones por el desbordamiento de un río, maremotos, erupciones volcánica o vientos huracanados, sus efectos devastadores serían claros ejemplos de cuándo actuaría el Consorcio. También estarían cubiertos determinados daños derivados de acciones terroristas y de actuaciones de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad del Estado en tiempos de paz.
  • Seguro de automóviles. Aunque se supone que cualquier vehículo que circule por la vía pública debe tener el correspondiente seguro no siempre ocurre así. Hay situaciones en las que un conductor puede haber tenido un accidente pero el otro vehículo implicado no está asegurado o ‘desaparece’ para no hacerse responsable del siniestro. Son casos en los que el Consorcio podría intervenir para subsanar los daños.
  • Seguro frente a las propias aseguradoras. No es lo habitual pero puede ocurrir que una compañía no pueda hacerse cargo de las correspondientes indemnizaciones por estar, por ejemplo, en situación de concurso de acreedores. En esta o en otras circunstancias, que suponen indefensión para aquellos que han contratado su póliza, el Consorcio asume los costes derivados de hacer efectivos los pagos que implica una póliza firmada.

El Consorcio ejerce, además, otras funciones. Ofrece, por ejemplo, reaseguro en el caso de contratación de seguros agrarios, cobertura a las personas accidentadas por su participación en la extinción de un incendio forestal, o seguros para hacer frente a responsabilidades medioambientales.

Consorcio de Compensación de Seguros

La letra pequeña

Este no es un tema sencillo, porque existen circunstancias muy diversas que son las que van a determinar si el Consorcio entra en juego a la hora de pagar indemnizaciones o no.

Como recalca la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU @consumidores), este organismo solo va a atender a aquellas personas que ya tenían un seguro contratado con alguna compañía antes de que se produzca la situación extraordinaria. Para tener derecho a la indemnización, hay que estar, además, al corriente de pago de la póliza. También, hay que matizar que la póliza debe estar incluida en ramos aseguradores específicos, aunque se trata de los más habituales como: seguros de vida y accidentes, incendios, vehículos, robo, multi combinados del hogar, daños a determinados bienes etc.

Hay que entender que cuando pagas un determinado seguro, una parte del dinero que abonas cubre esos 'riesgos extraordinarios', algo que no es genérico a todas las pólizas y de lo que te puede informar tu propia compañía. También es importante recordar que las pólizas que cubren estos riesgos tienen un periodo de carencia de siete días, salvo en caso de renovación.

Por último, conviene aclarar que no hay que confundir la acción del Consorcio con las ayudas que puede recibir cualquier persona, con o sin póliza, en aquellos casos en los que un área que ha sufrido un fenómeno climatológico adverso y ha sido declarada zona catastrófica.

El Consorcio de Compensación solo cubre determinados daños

¿Cómo se solicitan las indemnizaciones?

Ante situaciones como las descritas, lo más rápido suele ser informarte a través de tu propia compañía ya que, en muchos casos, serán ellas las que puedan ayudarte con el trámite, aunque debes saber que el Consorcio solo realizará el pago de una posible indemnización a la persona afectada (sin intermediarios) y por medio de una transferencia bancaria.

Si prefieres hacerlo por tu cuenta, hay distintas vías para contactar con el organismo e iniciar el tramite: por teléfono (900 222 665), online, a través de su web, vía email y también por correo ordinario. En cada caso deberás facilitar la documentación e información que te soliciten: datos personales y de la póliza, número de cuenta donde recibir la indemnización, descripción del vehículo si procede, etc.

En caso de desperfectos en el hogar, es importante conservar los bienes dañados, para que puedan ser tasados por el perito que realizará la inspección ocular, así como guardar cualquier factura si has tenido que realizar una reparación que no podía esperar a recibir la indemnización.

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