Porqué

¿Por qué hay una jornada de reflexión antes de las elecciones?

Marco Herrera

Sábado 13 de abril de 2019

3 minutos

Se ha convertido en un clásico de nuestras elecciones, aunque algunos dudan de su utilidad

Jornada de reflexión antes de las Elecciones.
Marco Herrera

Sábado 13 de abril de 2019

3 minutos

La jornada de reflexión, o sea, el sábado anterior al domingo de elecciones en el que ya estamos acostumbrados a ver que los políticos no hacen campaña ni tienen espacios en los medios, es un clásico de las convocatorias electorales en nuestro país. Si bien en alguna ocasión como en las Elecciones Generales de 2004 partidos de la oposición denunciaron que la jornada no fue respetada por el Gobierno de entonces, por norma general la jornada de reflexión se ha respetado en todo momento desde el comienzo de nuestra democracia actual. 

En qué consiste

La Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General indica una serie de limitaciones en el proceso de las elecciones. Estas no solo abarcan a lo que siempre hemos entendido como día de reflexión, el sábado antes de la jornada electoral, sino que también lo hacen con el mismo domingo de las elecciones hasta las 8 de la tarde, momento en el que deben cerrarse todas las urnas y colegios electorales del país.

Esta misma ley establece que la campaña electoral tiene una duración de 15 días, la cual acaba a las 0 horas del día anterior a la jornada electoral. Las limitaciones las marcan artículos de esta ley como el 53, que dice expresamente: "No puede difundirse propaganda electoral ni realizarse acto alguno de campaña electoral una vez que esta haya legalmente terminado ni tampoco durante el período comprendido entre la convocatoria de las elecciones y la iniciación legal de la campaña. La prohibición referida a este último período no incluye las actividades habitualmente realizadas por los partidos, coaliciones y federaciones en el ejercicio de sus funciones constitucionalmente reconocidas y, en particular, en el artículo 20 de la Constitución.​ En la práctica, esto solo implica que no se puede pedir directamente el voto".

Muy importante es también en este sentido el artículo 69.7, que habla de la prohibición expresa a todos los medios comunicación del estado de publicar encuestas los cinco días anteriores al día de las elecciones. En este sentido, y con las facilidades que otorga internet, algunos medios cuyo grupo editorial posee periódicos fuera de España, las emiten de forma "trampa" en esos otros medios, cuya difusión alcanza nuestro país.

El artículo 93 de esta misma ley también aborda la prohibición de hacer campaña en las inmediaciones de los colegios electorales ni formar grupos de personas que puedan entorpecer el acceso a ellos.

Críticas

Cada vez son más los expertos que califican esta jornada como anacrónica, indicando que tuvo sentido en los primeros años de la democracia, donde la precaria situación del país permitía así cierta seguridad tanto el día anterior como la misma jornada electoral, pero muchos de ellos señalan que hoy día, con la facilidad de difundir mensajes mediante las redes sociales, mensajes de teléfono, etc., esta jornada tiene poco sentido.

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Marco Herrera

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