Economía familiar

Cómo saber si eres beneficiario de un seguro de vida tras el fallecimiento de un familiar

Miriam Gómez Sanz

Lunes 10 de noviembre de 2025

4 minutos

El Instituto BBVA de Pensiones explica cómo solicitar el certificado oficial

Cómo saber si eres beneficiario de un seguro de vida tras el fallecimiento de un familiar
Miriam Gómez Sanz

Lunes 10 de noviembre de 2025

4 minutos

Perder a un familiar es una situación difícil y, en medio de los trámites posteriores al fallecimiento, puede surgir una duda frecuente: ¿tenía contratado un seguro de vida del que podrías ser beneficiario?

El Instituto BBVA de Pensiones recuerda que existen mecanismos oficiales para averiguarlo y evitar que una posible indemnización quede sin reclamar.

El primer paso: solicitar el certificado oficial

Para comprobar si la persona fallecida tenía contratado algún seguro con cobertura de fallecimiento, hay que solicitar el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento al Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento, dependiente del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

Este documento indica si el fallecido figuraba como asegurado en algún contrato y con qué entidad, o si no constan seguros en vigor.

Qué seguros incluye

El certificado se refiere tanto a los seguros de vida con cobertura de fallecimiento como a los seguros de accidentes que contemplen la muerte del asegurado, ya sean pólizas individuales o colectivas (con algunas excepciones, como los seguros de empresa que instrumentan compromisos por pensiones).

Lo primero que se debe hacer es solicitar el certificado. Fuente: bigstock.
Lo primero que se debe hacer es solicitar el certificado de contratos de seguros. Fuente: bigstock.

Quién puede pedirlo y cuándo

Puede solicitarlo cualquier persona interesada, pero solo tras pasar 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento. Existen tres vías para hacerlo:

  • Por internet, a través de la sede electrónica del Ministerio (si el fallecimiento fue posterior al 2 de abril de 2009 y no está inscrito en un juzgado de paz).
  • Presencialmente, cumplimentando el modelo 790, abonando la tasa correspondiente y acudiendo con cita previa a una de las Gerencias Territoriales del Ministerio o a la Oficina Central de Atención al Ciudadano en Madrid. Para realizar presencialmente este trámite es necesario solicitar cita previa​​. Se debe presentar con el certificado literal de defunción.
  • Por correo postal, enviando el modelo con la misma documentación requerida para la consulta presencial al Registro General de Actos de Última Voluntad (Plaza Jacinto Benavente, 3 – 28012 Madrid).

Cuánto tarda y qué hacer después

El plazo máximo para recibir el certificado es de siete días desde la solicitud. El documento se entregará por el mismo medio en que se pidió (en persona, por correo o de forma telemática).

Una vez obtenido, el siguiente paso es contactar con la aseguradora que figure en el registro para comprobar si se es beneficiario y, en su caso, reclamar la indemnización correspondiente.

En qué casos no se emite certificado

El Instituto BBVA de Pensiones recuerda que no se expiden certificados en determinados casos, como:

  • Seguros de empresa que cubren compromisos por pensiones.
  • Pólizas en las que el tomador y beneficiario son la misma persona.
  • Contratos gestionados por mutualidades de previsión social con fines docentes o profesionales.

En cualquier otro caso, solicitar el certificado puede evitar que se pierdan derechos económicos importantes.

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Miriam Gómez Sanz

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