Economía familiar

Una notaria aclara cómo afecta casarse en separación de bienes a la herencia

Laura Moro

Viernes 5 de septiembre de 2025

4 minutos

"Esta legítima siempre es en usufructo y su cuota dependerá de si tenéis hijos o no"

Una notaria aclara cómo afecta casarse en separación de bienes a la herencia
Laura Moro

Viernes 5 de septiembre de 2025

4 minutos

Cuando una pareja decide casarse tiene que tomar una decisión importante: casarse en separación de bienes o gananciales. En la primera opción, cada cónyuge sigue conservando la propiedad de su patrimonio, mientras que en gananciales lo que se adquiere durante el tiempo que estén casados será de ambos.

Esta decisión se realiza mediante capitulaciones matrimoniales ante notario, aunque en algunas comunidades autónomas como Cataluña o Baleares, la separación de bienes es el régimen que se establece por defecto si no se pacta otra cosa.

Independientemente de la decisión que se tome, es relevante saber cómo afecta el régimen a la herencia. Para resolver a esta pregunta, la notaria María Cristina Clemente ha publicado un vídeo en su perfil de Tiktok, resolviendo a esta duda.

 

@notariabuendia ¿Os casasteis en separación de bienes pensando que así no tendríais que dejaros nada en la herencia? 😬 Pues… ¡error común y muy extendido! . El régimen económico matrimonial no cambia el hecho de que el cónyuge sobreviviente siempre tiene derecho a una parte de la herencia. Da igual si es gananciales, separación de bienes o participación en las ganancias. El viudo o viuda es heredero forzoso y le corresponde una parte, siempre en usufructo 🧾 . 📍 ¿Cuánto le toca? Depende: 👶 Si hay hijos, un tercio. 👵 Si no hay hijos pero sí suegros vivos, la mitad. 🪦 Y si no hay ni hijos ni suegros vivos… dos tercios. . Esto es clave para muchas familias y no siempre se tiene en cuenta. Si crees que este vídeo puede ayudar a alguien, compártelo, comenta abajo o escríbeme por DM ✉️ . Tú tienes derecho a elegir Notario. Un Notario que te escuche, te acompañe, tu historia, nuestra firma ❤️ . #herencias #testamento #TuHistoriaNuestraFirma ♬ sonido original - notariabuendia

 

Lo primero que comenta la notaria es que la legítima que le corresponde al cónyuge por ley y el régimen que se elija, no tienen nada que ver: "El régimen económico matrimonial no influye en absoluto en la legítima que siempre ha de recibir el cónyuge viudo. Da igual que estéis casados en gananciales, en separación de bienes o en participación en las ganancias, el cónyuge siempre es heredero forzoso", explica Clemente.

Y añade: "Esta legítima siempre es en usufructo y su cuota dependerá de si tenéis hijos o no".

Aclarada la duda, la notaria también ha querido recordar los tres supuestos en lo que se puede encontrar el viudo/a cuando su cónyuge fallece a la hora de repartir la herencia:

1. Si hay hijos, al cónyuge le corresponderá una tercera parte de la herencia.

2. Si no hay hijos, pero los suegros viven, será la mitad de la herencia.

3. Si no hay ni hijos, ni suegros, al cónyuge le corresponden las dos terceras partes de la herencia.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

… saber más sobre el autor