Pasarela del paro al ingreso mínimo: así funciona esta ayuda, que gestiona el SEPE
Hay que pedir cita previa en el SEPE antes de agotar el subsidio o renta activa de inserción
Los perceptores del subsidio por desempleo que agoten esta prestación sin haber logrado un empleo podrán pasar a percibir el Ingreso Mínimo Vital (IMV), gracias al procedimiento que regula esta transición, simplifica trámites y elimina cargas administrativas. Los beneficiarios no tienen que solicitar el IMV ni aportar documentación.
Este procedimiento, conocido como la pasarela del paro al IMV, se encuentra regulado por la Disposición Adicional 12ª de la Ley 19/2021. A través de él, el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) puede gestionar el traslado de los datos del ciudadano a la Seguridad Social, siempre que la unidad familiar no esté percibiendo ya el IMV.

Condiciones del traslado al IMV
Tal como detalla la web del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, el proceso administrativo comienza de oficio. Durante el trimestre previo al agotamiento del subsidio por desempleo, del subsidio extraordinario o de la Renta Activa de Inserción (RAI), el SEPE remite por correo una carta informativa en la que detalla la posibilidad de realizar esta transición.
Para poder beneficiarse de este trámite simplificado, el solicitante debe cumplir varias condiciones en la fecha prevista de extinción de su subsidio:
- Tener más de 23 años de edad.
- En caso de subsidios sin responsabilidades familiares, no estar unido a nadie por matrimonio o pareja de hecho, ni convivir con otra persona que figure empadronada en el mismo domicilio.
- En caso de subsidios con responsabilidades familiares, convivir exclusivamente en el domicilio con las personas que se tuvieron en cuenta para reconocer o mantener el subsidio.
Para acogerse a esta vía rápida, el ciudadano interesado debe solicitar cita previa en su oficina de prestaciones del SEPE antes de la fecha de agotamiento de su ayuda. En dicha cita, deberá identificarse y firmar un documento de "declaración responsable", otorgando además su consentimiento expreso para que el SEPE transfiera su información a la Seguridad Social.
Si existen responsabilidades familiares, es obligatorio que todos los miembros de la unidad de convivencia (incluidos los menores de 14 años) cuenten previamente con su DNI o NIE original para el cotejo en la oficina. Asimismo, si se convive con una pareja de hecho, se debe aportar el certificado de inscripción en el registro correspondiente con un mínimo de dos años de antigüedad. Si no se cumplen estos requisitos, o si se prefiere, el solicitante deberá acudir directamente a presentar una solicitud ordinaria ante la entidad gestora del IMV.
Declaración responsable y plazos de resolución
La declaración responsable, que se firma en la oficina, exige certificar bajo responsabilidad que no se tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65%, no se está en situación de monoparentalidad y se cumplen los requisitos de vida independiente (dos años anteriores para menores de 30 años y un año para mayores de 30). Además, implica renunciar a que se apliquen supuestos excepcionales de exención de requisitos para el IMV, los cuales solo pueden reclamarse por la vía de solicitud ordinaria.
Una vez agotada la ayuda de desempleo, el SEPE valida el fin de la prestación y remite la información a la entidad gestora competente: el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), Lanbide en el País Vasco o el Gobierno de Navarra en su territorio.
Finalmente, la entidad gestora dispone de un plazo máximo de 6 meses para resolver el expediente.
Si transcurre ese periodo sin que medie resolución expresa, la solicitud de IMV se entenderá desestimada por silencio administrativo.
Casos especiales
Para las personas que se encuentren en casos especiales, por ejemplo, en los que no se pueda utilizar este procedimiento o cuando los ciudadanos no hayan dado su consentimiento, los interesados podrán presentar su solicitud de forma muy sencilla en el portal del INSS, por correo postal o en los centros de atención e información de la Seguridad Social (CAISS).
