Atención: algunos jubilados deben hacer este trámite antes del 31 de marzo para no perder su pensión
La Seguridad Social exige acreditar que sigues con vida para mantener el pago mensual
Vivir la jubilación fuera de España es una opción cada vez más habitual. Sin embargo, esto implica cumplir con algunos requisitos administrativos que no afectan a las personas que viven en el país. Uno de los más importantes es demostrar de manera periódica que el pensionista sigue con vida para continuar cobrando la pensión.
Este procedimiento, conocido como ‘fe de vida’, es obligatorio, ya que la administración española no tiene acceso automático a los registros civiles de la mayoría de países. Es por eso que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) necesita que los beneficiarios confirmen su situación de manera regular.
El trámite está destinado exclusivamente a los beneficiarios que viven en el extranjero, por lo que aquellos que residen en España no necesitan realizar gestión alguna.
El plazo actual para realizar este trámite acaba el 31 de marzo. Aquellos jubilados que viven en el extranjero que no lo completen dentro de ese plazo verán suspendido el pago de su pensión, lo que implica dejar de recibir un ingreso extra de manera mensual.
Si bien esa suspensión no significa la pérdida definitiva del derecho, sí podría provocar retrasos importantes hasta que el pago se reactive. Además, existe una segunda convocatoria obligatoria en septiembre para garantizar que los abonos continúan con normalidad hasta final de año.

En el futuro el control será más estricto. A partir de 2027, los pensionistas deben acreditar su situación en los meses de enero, mayo y septiembre, dentro de un sistema de supervisión más frecuente.
Para realizar este trámite, existen diferentes opciones simples. Una de las más rápidas es usar la aplicación móvil VIVESS, que permite validar la identidad a través del reconocimiento facial en pocos segundos. Además, también se puede acudir a algún consulado español o enviar un certificado notarial debidamente legalizado.
En cualquier caso, lo importante es que la documentación o validación llegue dentro de los plazos establecidos, evitando cualquier tipo de interrupción en el cobro de la pensión por un descuido administrativo.



