Pensiones

Qué es el expediente de incapacidad permanente

Laura Moro

Lunes 16 de junio de 2025

3 minutos

Si no estamos conformes con la resolución, se puede reclamar

Qué es el expediente de incapacidad permanente
Laura Moro

Lunes 16 de junio de 2025

3 minutos

Un expediente de incapacidad permanente es un procedimiento administrativo que se inicia con el fin de evaluar si una persona reúne las condiciones necesarias para acceder a una pensión por incapacidad permanente. Este proceso incluye la recopilación de documentación, informes médicos y la realización de trámites legales destinados a valorar la capacidad laboral del solicitante

Para iniciar un expediente de incapacidad permanente, primero hay que recopilar la documentación necesaria. Desde Campmany Abogados explican cuáles son:

  • Documentos personales: DNI e historial clínico.
  • Documentos laborales: justificante de pago de cuota como autónomo o certificado de empresa.
  • Si la enfermedad o accidente es considerado de trabajo, se requiere el parte administrativo del mismo.
  • También se debe cumplimentar un formulario de incapacidad permanente.

Una vez recopilada y organizada la documentación, se debe presentar la solicitud de incapacidad permanente en un centro de atención del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

La pregunta trampa de la Seguridad Social para denegarte la incapacidad permanente

Cómo comprobar el estado del expediente

El proceso de tramitación y resolución por parte del INSS puede ser largo. Para consultar el estado del expediente basta con entrar en la Sede Electrónica del INSS. Necesitarás un certificado digital o un usuario y contraseña proporcionados por la Seguridad Social. 

Plazos

Los responsables de la valoración tienen un plazo máximo de 135 días hábiles (sin contar fines de semana ni festivos) para emitir una resolución.

Contenido de la resolución y cuantía

Una vez el trabajador reciba la notificación de la resolución, sabrá si la incapacidad permanente ha sido aprobada o denegada. En caso de aprobación, también se especificará el grado reconocido (parcial, total, absoluta o gran invalidez) y el importe de la mensualidad a cobrar:

  • El abono de la prestación correrá a cargo del INSS si se trata de una enfermedad común o accidente no laboral.
  • Si se trata de una enfermedad profesional o accidente de trabajo, la mutua será la responsable.
  • La cuantía a percibir suele ser el 100% de la base reguladora. En caso de recargo de prestaciones a la empresa por negligencia en un accidente de trabajo o enfermedad profesional, se puede cobrar entre un 30% y un 50% más.

Determinación de contingencias

El procedimiento de "determinación por contingencias" busca establecer la verdadera causa de la incapacidad permanente (enfermedad/accidente común o enfermedad/accidente laboral).

Este procedimiento se inicia si el trabajador, la mutua o la Inspección de Trabajo y Seguridad Social no están de acuerdo con la contingencia asignada inicialmente por los médicos.

La resolución dictada aclarará el origen de la enfermedad o accidente (común o profesional) y establecerá la cantidad de la prestación.

Denegación y recursos

 Si la respuesta del INSS es una denegación de la incapacidad, se debe interponer una Reclamación Previa. Si esta tampoco tiene éxito, se puede presentar una demanda judicial.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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