
Este es el recorte de pensión máximo para quien coja la jubilación anticipada involuntaria
Hasta un 30% de penalización por retirarse 4 años antes de la edad ordinaria

Así es la jubilación en 2025: la más dura de la historia, con la edad y cotización más altas
Penalización máxima de la pensión en la jubilación anticipada voluntaria en 2025
La jubilación anticipada involuntaria (también denominada forzosa) permite retirarse 4 años antes de la edad ordinaria que rija en cada momento, pero conlleva la aplicación de un descuento en la pensión.
En 2025, está al alcance de trabajadores que hayan cumplido 61 años de edad (si acumulan 38 años y 3 meses cotizados) o a partir de los 62 años y 8 meses (en caso de que se haya cotizado menos tiempo del citado).
Sin embargo, conviene saber que no todo el mundo puede acceder a este tipo de jubilación adelantada. Existen una serie de requisitos y han de cumplirse ciertas condiciones, además de prepararse para ver disminuida la cuantía de la pensión.
Tan solo pueden solicitarla trabajadores que hayan perdido el empleo por causa no imputable a su libre voluntad, quienes sufran paro de larga duración o hayan sido despedidos en EREs, por traslados forzosos, por impago del empresario, por una modificación sustancial de condiciones de trabajo, etc.
También pueden acogerse a ella los “falsos voluntarios”, que perciben el subsidio de desempleo durante, al menos, tres meses.
En todos estos casos, la pensión de los jubilados anticipados forzosos sufre una merma por cada mes de adelanto del retiro, en forma de coeficientes que reducen el importe de la paga final a percibir (ver gráfico inferior).
COEFICIENTES REDUCTORES (JUBILACIÓN ANTICIPADA INVOLUNTARIA)

La pensión se recortará hasta un 30%, según lo cotizado
En el peor de los casos, la Seguridad Social aplicará una penalización tope del 30%, que es el coeficiente reductor de pensión que corresponde a quien se jubile con 4 años de antelación de la edad ordinaria y tenga menos de 38 años y 6 meses de cotizaciones laborales.
Un recorte algo menor, el 28%, tendrá que soportar quien, anticipando la jubilación 4 años, haya cotizado más de 38 años y 6 meses, pero menos de 41 años y medio, tal como marca la ley vigente.
El 26% es la mayor penalización que se aplicará a trabajadores que acumulen más de 41 años y medio cotizados, pero menos de 44 años y medio, y se acojan al retiro 48 meses antes de la edad que les corresponde.
Y el 24% de penalización sufrirán las personas que anticipen la jubilación 4 años y dispongan de más de 44 años y 6 meses de cotizaciones a la Seguridad Social.
Otros requisitos para ser jubilado anticipado forzoso
Podrán acceder a esta modalidad de jubilación quienes completen varios requisitos, entre ellos, los siguientes:
1) Estar en situación de alta o asimilada a la de alta. Encontrarse inscritos en las oficinas de empleo como demandantes de empleo durante un plazo de, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de la jubilación.
2) Acreditar un período mínimo de cotización efectiva de:
- 33 años, sin que, a tales efectos, se tenga en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias. A estos exclusivos efectos, solamente se computará el período de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria o del servicio social femenino obligatorio, con el límite máximo de un año.
- Del período de cotización, al menos 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho o al momento en que cesó la obligación de cotizar, si se accede a la pensión de jubilación anticipada desde una situación de alta o asimilada al alta sin obligación de cotizar.
- Los trabajadores del sistema especial por cuenta ajena agrarios, a efectos de acreditar el período mínimo de cotización efectiva (33 años), será necesario que, en los últimos 10 años cotizados, al menos 6 correspondan a períodos de actividad efectiva en este sistema especial. A estos efectos, se computarán también los períodos de percepción de prestaciones por desempleo de nivel contributivo en este sistema especial.