UGT y CCOO prevén desbloquear la jubilación parcial del personal laboral y de los funcionarios
El 31 de marzo, fecha clave para desatascar el retiro parcial del personal laboral de las AAPP
Los sindicatos CCOO y UGT confían en solucionar el actual bloqueo de la jubilación parcial en las Administraciones Públicas (AAPP), y que puedan acceder a ella tanto el personal laboral (empleados que se rigen por el derecho laboral) como los funcionarios (regidos por el derecho administrativo) y el personal estatutario.
Así lo acaban de anunciar, tras conocer que el Gobierno les ha dado la razón en otro asunto pendiente: la Seguridad Social da marcha atrás y volverá a aplicar lo pactado en la reforma de pensiones de 2021, en lo referido a los recortes que afectan a la pensión máxima en caso de jubilación anticipada.
Hay que recordar que la congelación de ambos derechos (en materia de jubilación parcial y anticipada) llevó a ambos sindicatos a amenazar con interrumpir la mesa de diálogo social en tanto que no se resolviera la situación.

Optimismo de CSIF ante la reunión del 31 de marzo
También el CSIF confía en desbloquear de manera "inminente" el derecho a la jubilación parcial del personal laboral, a través de la aprobación de un Real Decreto-ley en el que se permita la contratación temporal de trabajadores relevistas.
La raíz del problema de este personal es que tiene bloqueada la jubilación parcial debido a la última reforma de pensiones, pues dicha reforma no tuvo en cuenta que, en las Administraciones Públicas, el relevista, cuya relación laboral debe ser indefinida, tiene que haber superado, con carácter previo, un proceso selectivo que garantice los principios de igualdad, mérito y capacidad.
El sindicato CSIF está negociando el IV Convenio Único de la Administración General del Estado, y prevé lograr avances en la próxima reunión, prevista para el martes, 31 de marzo", según avanzan a 65YMÁS.
No habrá recorte extra a jubilados anticipados con pensión máxima
Tanto UGT como CCOO valoran positivamente que la Seguridad Social haya rectificado y vuelva a aplicar el periodo transitorio previsto para la jubilación anticipada voluntaria en los términos establecidos en el Acuerdo de pensiones de 2021, con unos coeficientes que "suponían una mejora generalizada en el caso de las pensiones inferiores a la pensión máxima y una limitación adicional en el caso de las pensiones superiores a la máxima que, sin embargo, se veían absorbidos por el efecto del establecimiento de un periodo transitorio amplio (hasta 2032) y la propia mejora registrada en la cuantía de la pensión máxima durante este periodo transitorio".
La norma legal que regula esta fórmula se estableció en la Disposición Transitoria 34 de la Ley General de la Seguridad Social que, además del periodo transitorio 2024-2033 para la entrada en vigor progresiva de los nuevos límites de pensión máxima, estableció una garantía adicional para la entrada en vigor de estos.
Así, la cláusula en cuestión establecía que los nuevos coeficientes reductores que establecen el límite de pensión máxima sólo entraban en vigor en la medida en la que su efecto era absorbido por efecto de la inflación que opera también sobre la cuantía de la base máxima y la pensión máxima. La interpretación de esta garantía, sin embargo, ha sido objeto de controversia, motivo por el cual desde enero de 2026 la Seguridad Social había dejado de aplicar el periodo transitorio previsto en la disposición transitoria de la ley.
La jubilación anticipada voluntaria, tal como se pactó en 2021
Tras la protesta y amenaza de plantón de CCOO y UGT, la negociación con el Gobierno se ha encauzado y, previo informe de los servicios jurídicos, el secretario de Estado de Pensiones, Borja Suárez, ha emitido una resolución para rectificar con carácter retroactivo. De hecho, una comunicación interna de la Seguridad Social informa ya a todas las oficinas del INSS de que se está procediendo a reactivar los aplicativos informáticos de jubilación, para volver a aplicar en su integridad las reglas de jubilación anticipada voluntaria en los términos fijados en la reforma de 2021.
De igual forma, se ha comunicado la decisión de que el INSS revise de oficio todas las pensiones de jubilación de esta modalidad que se hayan podido ver afectadas desde el 1 de enero de 2026.
Según recuerdan CCOO y UGT, el derecho a la jubilación anticipada voluntaria se creó en el Acuerdo de Diálogo Social que dio origen a la reforma de pensiones de 2011, y desde entonces han ejercido este derecho 650.000 personas trabajadoras, y solo en 2024 utilizaron esta modalidad el 15,8% del total de nuevas personas jubiladas.


