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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) señala que el derecho del consumidor a terminar un contrato a distancia se garantiza una sola vez en el supuesto de la suscripción de un abono que establece un período inicial gratuito que, a falta de resolución, se prorroga automáticamente.
No obstante, apunta que si al suscribir el abono el consumidor no ha sido informado de manera clara, comprensible y expresa de que dicho abono pasará a ser de pago tras el período inicial gratuito, deberá disponer de un nuevo derecho de desistimiento después de dicho período.
Así lo señala el Tribunal en su sentencia de este jueves tras una consulta del Tribunal Supremo de lo Civil y Penal austriaco sobre un caso en relación a la empresa de plataformas de aprendizaje online Sofatutor.
Cuando se contrata por primera vez una suscripción, esta se puede probar gratuitamente durante un período de 30 días. La suscripción puede resolverse en cualquier momento durante dicho período, pero pasa a ser de pago una vez transcurrido ese periodo inicial.
Si la suscripción de pago expira sin haber sido resuelta, se prorroga automáticamente por un período determinado y cuando se suscribe el abono a distancia, Sofatutor informa a los consumidores del derecho de desistimiento.
Sin embargo, una asociación para la protección de los consumidores austriaca consideró que el consumidor dispone de un derecho de desistimiento no solo respecto de la suscripción de la prueba gratuita de 30 días, sino también en relación con la transformación de esa suscripción en una suscripción de pago y con la prórroga de esta.
Pero en su fallo, el Tribunal considera que ese derecho de desistimiento se da una sola vez con la salvedad de que los consumidores no hayan sido previa y debidamente informados del coste total de esa suscripción.