Nueva Ley europea del carnet de conducir: la DGT no podrá imponer una edad máxima para conducir
La norma protege a los conductores sénior de la discriminación por edad
Los mayores de la Unión Europea no podrán ser discriminados por edad a la hora de renovar el carnet. Así lo estipula una nueva norma comunitaria, aprobada en octubre de 2025, tras varios años de trámite parlamentario en los que se debatió, entre otros temas, sobre los derechos de los conductores sénior.
El resultado de esta negociación fue la aprobación de la Directiva 2025/2205 –los Estados miembros aplicarán dichas disposiciones obligatoriamente a partir del 26 de noviembre de 2029–, donde se explicita de qué dependerán las decisiones sobre la anulación, retirada o restricción del permiso de conducción.
El texto estipula que estas medidas deberán tomarse de forma individual y no podrán "dar lugar a discriminación, en particular por razón de edad". Además, reconoce explícitamente que, para las personas mayores, el transporte individual es un elemento crucial para su autonomía.
Por otra parte, aunque no exista una edad máxima para conducir, la directiva sí que marca los 65 años como un umbral administrativo clave. Mientras que la vigencia general de los carnets de coche y moto (categorías A y B) se establece en 15 años, la normativa faculta a los Estados miembros a reducir este periodo para quienes hayan superado esa edad, con la posibilidad de "exigir que los reconocimientos médicos, las autoevaluaciones u otras medidas específicas se lleven a cabo con más frecuencia".
Unos plazos más cortos para los mayores, que ya se aplican en España desde hace décadas: son de cinco años para el conjunto de los conductores no profesionales de más de 65 –el resto de la población lo renueva cada 10 años–.

La posición de la DGT
Cabe recordar que, durante la pasada legislatura, se llegó a plantear la idea de poder reducir aún más estos periodos. El director de la DGT, Pere Navarro, puso encima de la mesa la posibilidad de cambiar estos plazos en varias ocasiones.
En noviembre de 2021, en el marco de la presentación de la Estrategia de Seguridad Vial 2030, aseguró que "los plazos de renovación para una persona a partir de 90 años" eran de cinco años y que esto le parecía "quizá excesivo", a partir de ciertas edades.
En 2022, comentaba también a El Diario Vasco que "el permiso de conducir se regula por directiva europea, pero es verdad que los plazos de renovación en la gente mayor son de cinco años, y que a una persona de 90 años se le renueve el permiso de conducir hasta los 95, suena raro. Hay que hacer una reflexión".
Todas estas declaraciones y el posterior endurecimiento de los reconocimientos médicos generaron un cierto clima de temor a que se pudiese limitar, de alguna u otra manera, la posibilidad de renovar el permiso de conducir para el colectivo. Además, en paralelo, se viralizaron noticias incorrectas que aseguraban que la DGT había ya reducido los periodos de tiempo para renovar el carnet de conducir a los mayores de 70 años.
Ante este panorama y en respuesta a las palabras del responsable de Tráfico, varias de las principales asociaciones de mayores del país se mostraron muy críticas con la potencial adopción de medidas que caminasen en ese sentido, pidiendo aplicar un enfoque que combinase seguridad y autonomía, realizar una evaluación individualizada y apostar por una conducción adaptada, más que por la prohibición.
Y al final, esta posibilidad de crear unos plazos más estrictos para ciertos grupos de mayores se quedó en el aire. En 2023, antes de las elecciones, fuentes de la DGT ya aseguraban a 65YMÁS que la medida no estaba "sobre la mesa" y que habría que esperar a ver, en todo caso, en qué sentido se pronunciaba la Unión Europea, donde, en ese momento, se debatían posibles criterios comunes comunitarios para adquirir este permiso y la elaboración de una legislación para la región –la directiva que terminó aprobándose–.
Y este mismo jueves, preguntados de nuevo por este diario, desde la DGT han asegurado que "no hay ninguna propuesta para reducir los plazos de renovación de los mayores". Y añaden: "Las restricciones se aplican siempre en función de las condiciones psicofísicas de cada conductor".
Polémica con la guía edadista
No es la primera vez que surge una polémica respecto a los sénior y su capacidad para conducir. El año pasado, ya con el Gobierno de coalición PSOE-Sumar, se generó un gran revuelo tras la publicación de la ‘Guía de Consejo Sanitario Vial para el conductor mayor y su entorno próximo’.
El documento fue tachado por varias organizaciones de mayores de edadista, ya que, opinaban, infantilizaba al colectivo al hacer recaer en las familias una parte de la responsabilidad a la hora de valorar si deberían seguir conduciendo o ir progresivamente abandonando esta práctica.
El malestar por este documento fue trasladado por parte la Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP) a la propia DGT, en una reunión con Pere Navarro –que repitió en el cargo con el actual Ejecutivo–.
En ese encuentro, explicaban en un comunicado desde la PMP, se acordó colaborar para el desarrollo de la Estrategia de Seguridad Vial para Personas Mayores y ambas partes coincidieron en que el reto estaba en encontrar un equilibrio entre seguridad y autonomía, entre la prevención y la libertad.
"Nunca nadie va a limitar el permiso de conducir por razones de edad", aseguraba Navarro, posteriormente, en declaraciones públicas durante el verano del año pasado. "Será por las condiciones físicas", manifestaba en un desayuno informativo de Executive Forum, al tiempo que apelaba a la "autorresponsabilidad", facilitando pruebas y análisis voluntarios. Unas declaraciones, que van en consonancia también con la norma europea que finalmente se aprobó en octubre de 2025, y que, efectivamente, impide la posibilidad de discriminar por edad.
Otros puntos novedosos de la directiva
Finalmente, cabe señalar que otra de las novedades más relevantes de la directiva es la flexibilidad que otorga a los países para evaluar. La norma no impone obligatoriamente el tradicional reconocimiento médico en cada renovación. En su lugar, permite a los Estados sustituirlo por una "autoevaluación": un formulario rellenado por el propio conductor sobre su estado de salud. No obstante, si de esa autoevaluación se desprenden dudas o problemas, el conductor deberá someterse obligatoriamente a un reconocimiento médico formal. Además, los Estados pueden implementar sistemas para detectar cambios en la aptitud física de los conductores durante el periodo de validez del carnet.
La directiva detalla además, en su Anexo III, las enfermedades y condiciones que sí pueden vetar o restringir la conducción. Estas son las líneas rojas:
- Visión: se exige una agudeza visual binocular de al menos 0,5 (con o sin gafas) y un campo visual horizontal de 120 grados. Si se detecta una enfermedad ocular progresiva, el carnet se puede renovar, pero condicionado a revisiones periódicas.
- Corazón: las enfermedades cardiovasculares, frecuentes en la tercera edad, son vigiladas de cerca. Afecciones como arritmias graves o síncopes pueden suponer la retirada. Sin embargo, tras la implantación de marcapasos o intervenciones coronarias, se puede volver a conducir si hay autorización médica y control periódico.
- Diabetes: no es excluyente, pero requiere control. No se renovará el carnet a quienes sufran hipoglucemias graves recurrentes (más de una al año) o a quienes no sean capaces de detectar cuándo les está bajando el azúcar.
- Demencia y deterioro cognitivo: la directiva es estricta con los trastornos cognitivos graves que afecten al juicio o la conducta, ya sean por envejecimiento o enfermedad. Solo se permitirá conducir con un dictamen médico favorable y, probablemente, revisiones frecuentes.



