Sociedad

¿Qué mayores de 70 tienen que renovar el DNI permanente?

Raúl Arias

Domingo 26 de octubre de 2025

5 minutos

La fecha límite es el 3 de agosto de 2031

Rechazado un mayor en una frontera europea por llevar el DNI permanente con caducidad 9.999
Raúl Arias

Domingo 26 de octubre de 2025

5 minutos

El llamado Documento Nacional de Identidad (DNI) permanente, un carné que se entrega a personas mayores de 70 años y a personas mayores de 30 con gran invalidez, está inmerso en un proceso de eliminación progresiva forzado por la normativa europea. Aunque este documento se caracteriza por no requerir renovaciones, facilitando la gestión administrativa a las personas mayores y aquellas con dificultades de movilidad, el Gobierno ha confirmado que muchos titulares deberán renovarlo.

La fecha límite establecida por la normativa europea para la renovación de estos documentos es el 3 de agosto de 2031. Esta medida es consecuencia directa de la entrada en vigor del Reglamento de la Unión Europea 2019/1157, que impone nuevos requisitos a los documentos de identidad en todos los estados miembros.

La clave está en la fecha de validez

La respuesta a la pregunta sobre qué mayores de 70 años deben renovar su DNI permanente se encuentra en el formato de caducidad que figura en el documento.

La normativa europea establece que los documentos de identidad expedidos que no cumplan con los nuevos requisitos "dejarán de ser válidos a su expiración o a más tardar el 3 de agosto de 2031". Esta regulación afecta específicamente a los DNI expedidos entre 1990 y 2006. En estos documentos antiguos, en la fecha de validez simplemente figuraba el apelativo "permanente".

 

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DNI permanente con formato antiguo: deberán ser renovados

 

Los titulares de estos DNI que únicamente indican la denominación "permanente" deben saber que solo estarán en vigor hasta el 3 de agosto de 2031.

¿Quiénes quedan exentos de la renovación?

No todos los documentos considerados "permanentes" están sujetos a esta obligatoriedad de renovación. El cambio de formato se produjo a partir de 2006.

Los documentos que consignan una fecha de validez ficticia, empleando el formato 'dd-mm-aaaa', y que muestran la fecha 01-01-9999, no tienen que ser renovados. La validez de estos DNI seguirá siendo indefinida.

 

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DNI permanente con formato nuevo: no deben ser renovados

 

Con la aplicación de la nueva normativa, el término "permanente" desaparece y es reemplazado por la fecha 01-01-9999. Por lo tanto, si tu DNI tiene consignada la fecha 01-01-9999, la validez se mantiene indefinida y no necesitas acudir a renovar.

El riesgo de no renovar: el caso de Luis Carbó

Esta distinción en el formato no es meramente administrativa, sino que tiene consecuencias prácticas, tal como se evidenció en el caso de Luis Carbó, un hombre de 89 años a quien la aerolínea Ryanair le impidió volar por poseer un DNI permanente.

El Gobierno facilitó esta aclaración tras la pregunta escrita del senador José Antonio Monago, motivada por el incidente de Carbó. La hija de Luis, Olga, relató a 65YMÁS que a su padre no se le permitió embarcar en un vuelo de regreso a España desde el aeropuerto de Eindhoven (Países Bajos). El motivo, según la hija, era que el DNI de Luis tenía la indicación "permanente" y no mostraba ninguna fecha de caducidad.

Paradójicamente, la madre de Olga viajaba con otro DNI también permanente, pero en una versión más reciente, que sí incluía la fecha de caducidad ficticia, 01-01-9999, y con ese documento los empleados de la aerolínea no pusieron ningún problema para que volara. Tras el incidente, toda la familia tuvo que hacer noche en un hotel y abonar unos 1.700 euros por otro vuelo con una compañía diferente.

Renovación voluntaria y beneficios electrónicos

Los titulares de los documentos más antiguos (los que dicen solo "permanente") pueden renovarlos de forma voluntaria antes del 3 de agosto de 2031. Además, el Ejecutivo ha precisado que estos ciudadanos pueden acudir a las Unidades de Documentación sin cita previa para renovar su carné.

La renovación anticipada no solo permite adaptarse a las nuevas especificaciones de los documentos de identidad, sino que también facilita al ciudadano el acceso a nuevas funcionalidades. Los nuevos DNI incluyen la utilidad electrónica con sus certificados de firma y autenticación, lo cual acerca y facilita la administración digital, especialmente útil para las personas mayores.

En resumen, solo los mayores de 70 años –y demás beneficiarios del DNI permanente– cuyo documento fue expedido entre 1990 y 2006 y solo consigna el término "permanente" en la fecha de validez deberán renovar obligatoriamente antes de agosto de 2031. Aquellos que ya tienen la fecha 01-01-9999 en su DNI no necesitan renovar.

Sobre el autor:

Raúl Arias

Raúl Arias

Raúl Arias es periodista especializado en Política, Economía y Sociedad. Licenciado en la Universidad Complutense de Madrid, ha trabajado en diferentes medios de tirada nacional, siempre pegado a la actualidad.

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