
Cuándo te podrás jubilar según tu año de nacimiento: tabla de edades
Las condiciones para cobrar el 100% de la jubilación en España se endurecerán progresivamente

¿Tienes la jubilación en el horizonte o simplemente te gustaría saber a qué edad aproximada podrás hacerlo? Aunque todo depende del caso concreto de la persona y sus cotizaciones, debes saber que las condiciones para cobrar el 100% de la jubilación en España se endurecerán progresivamente, como parte de la reforma de las pensiones que establece un periodo transitorio que concluirá en 2027, fecha en la que la edad ordinaria de jubilación ascenderá a los 67 años.
En este 2025 el periodo que se toma en cuenta para calcular el importe de la pensión serán 25 años, y el tiempo que la ley considera como una carrera completa de cotización para que la persona pueda optar a cobrar el 100% de su paga, será de 36 años y medio.

Jubilación ordinaria: 66 años y 8 meses
La jubilación ordinaria este año está establecida en los 66 años y 8 meses para aquellos trabajadores que, acumulando menos de 38 años y 3 meses cotizados, quieran cobrar la pensión completa, sin penalizaciones.
Es posible también jubilarse a los 65 años y cobrar la pensión íntegra, pero para ello, la persona debe tener un mínimo de 38 años y 3 meses de contribuciones sociales.
Tabla según los de nacimiento
En función de esta tabla definida por la Seguridad Social es posible conocer el año de jubilación en función del año de nacimiento:
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1960: jubilación ordinaria en 2025 con 65 años si han cotizado 38,3 meses o más. De lo contrario, deberán esperar hasta los 66 años y 8 meses
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1961: jubilación ordinaria en 2026 con 65 años si han cotizado 38,3 meses o más. De lo contrario, deberán esperar hasta los 66 años y 10 meses
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1962: jubilación ordinaria en 2027 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberán esperar a los 67 años
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1963: jubilación ordinaria en 2028 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberán esperar a los 67 años
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1964: jubilación ordinaria en 2029 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberán esperar a los 67 años
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1965: jubilación ordinaria en 2030 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberán esperar a los 67 años
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1966: jubilación ordinaria en 2031 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberán esperar a los 67 años
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1967: jubilación ordinaria en 2032 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberán esperar a los 67 años
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1968: jubilación ordinaria en 2033 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberán esperar a los 67 años
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1969: jubilación ordinaria en 2034 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberán esperar a los 67 años