Podríamos definir la publicidad engañosa como aquella que no dice toda la verdad o que da lugar a errores o equívocos. Como señala la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU @consumidores) se considera ilícita y desleal, porque en la mayoría de los casos distorsiona la realidad y el comportamiento de los consumidores a la hora de tomar sus decisiones de compra.
En España la Ley General de Publicidad y Competencia Desleal (34/1988 de 11 de noviembre) regula los aspectos básicos de la promoción de productos, bienes o servicios, para que esta se realice respetando los derechos de todos, tanto los referidos a la dignidad y respeto a la persona, como los relativos al propio consumo.
La mayoría de las empresas están interesadas en que la difusión de sus productos se realice con total honestidad. De hecho, existen organismos como Autocontrol. que apuestan por la autorregulación del sector como fórmula para trabajar en lograr una publicidad responsable, legal y veraz.
Todos sabemos que el objetivo de una campaña publicitaria es dar a conocer un producto o servicio resaltando sus cualidades, sus ventajas y aquellos aspectos positivos por los que deberíamos comprarlo. No hay nada de malo en ello, siempre que se cumpla la ley y que no se engañe o confunda al posible comprador. En ocasiones, hay una "fina línea" entre lo que es lícito y lo que no lo es tanto, una línea que puede hacerte creer que estás adquiriendo algo que, en realidad, no es exactamente como te lo han “pintado”… ahí está la raíz de un problema que, si es importante a la hora comprar una lavadora, una casa o un billete de avión, lo es más cuando lo que se anuncia es un alimento o un determinado producto sanitario que va a incidir en la propia salud.
Ejemplos de posible publicidad engañosa hay muchos; algunos que, en determinados casos, podrían considerarse como tal, por ejemplo:
La Comunidad de Madrid (@ComunidadMadrid) señala, a través de su Portal del Consumidor, la importancia de una publicidad tan clara como veraz y recuerda que los anuncios son vinculantes, es decir, lo que se promete en un spot publicitario, en un anuncio en prensa o en un folleto descriptivo obliga al anunciante a su cumplimento. De hecho es importante guardar un folleto informativo porque, en principio, tiene valor contractual y su incumplimiento podría ser denunciable.
La guía que edita la Consejería de Economía y Consumo de la Comunidad Madrileña señala que en nuestra sociedad actual una persona recibe unos 3.000 impactos publicitarios cada día. Ante ellos aplicar el sentido crítico y conocer algunas de las técnicas que la publicidad desarrolla para lograr su objetivo, ayuda a la hora de adquirir solo aquello que realmente necesitamos o nos viene bien. Algunas de esas técnicas que, en principio, no tienen porqué ser engañosas o ilícitas, pero ante las que conviene estar atentos son:
Si cualquier anuncio publicitario debe basarse en la verdad, en el caso de los medicamentos o productos de parafarmacia que tengan relación con la salud esta realidad reviste especial importancia. Productos “milagro” para perder peso, cremas para el alivio inmediato del dolor, compuestos vitamínicos para “rejuvenecer”… muchas personas mayores son consumidores especialmente vulnerables frente a ciertos anuncios de este tipo que, en determinados casos, podrían ser considerados publicidad engañosa.
Tanto el Ministerio de Sanidad (@sanidadgob) como los organismos independientes de autorregulación de la publicidad establecen normas estrictas y códigos deontológicos que garantizan las buenas prácticas tanto en la publicidad de los medicamentos que pueden adquirirse sin receta médica, como en la destinada a la promoción de productos de autocuidado. Fomentar la idea de un uso racional de los medicamentos, ajustarse siempre a la información que figure en la ficha técnica o prospecto de los mismos, no atribuirse como exclusivas características comunes que pueden tener otros fármacos similares, no apoyarse en testimonios o recomendaciones de profesionales médicos, o incluir en la publicidad escrita toda la información relevante de manera que resulte legible y preceptible son algunas de esas normas para un publicidad responsable que recalca el Ministerio.