¿Cuánto tiempo puede estar una casa a nombre de un fallecido?
Hasta que no se cambie la titularidad no se podrá vender
Cuando una persona fallece, sus familiares deberán hacer una serie de trámites para que todo esté en orden. Entre todo el papeleo se encuentra el cambio de nombre de sus propiedades.
En estos casos, uno de los aspectos más importantes es determinar cuánto tiempo puede estar, por ejemplo, una casa a nombre de un fallecido. El abogado David Jiménez ha resuelto esta duda y ha expicado que la respuesta se encuentra en el Código Civil.
Lo primero que comenta el experto es que "no hay ningún plazo para cambiarlo". Es decir, que no hay ninguna ley que establezca un plazo máximo de tiempo para cambiar el nombre del propietario.
Ahora bien, todas las acciones relacionadas con la herencia se rigen por los plazos establecidos para la prescripción de las acciones que se pueden realizar sobre bienes inmuebles: 30 años, según especifica el artículo 1.936 del Código Civil. Mientras esto no prescriba, los herederos podrán aceptar y registrar el inmueble a su nombre.
Si no se cambia el nombre, "no se puede vender"
Y otro aspecto a tener en cuenta es que mientras el cambio de nombre no se lleve a cabo "lógicamente no lo voy a poder vender".
Jiménez aclara que para proceder a la venta de la vivienda a un tercero, será necesario que el heredero o herederos que hayan aceptado el bien inmueble, inscriban la vivienda en el Registro, tal y como exige la ley hipotecaria. Esta ley establece que es necesario que se produzca un tracto sucesivo.
El principio de tracto sucesivo exige que, para inscribir una compraventa, el transmitente figure previamente como titular registral. Por ello, si el heredero vende sin haber inscrito antes la herencia, el comprador no podrá inscribir su adquisición, ya que en el Registro aún consta el causante como propietario.
Para solucionar esto, es necesario inscribir previamente la herencia o bien otorgar conjuntamente la escritura de herencia y la de compraventa, de modo que el registrador respete la cadena de titularidades.



