Pensiones

Un abogado avisa: "Cuando cumples los 18 meses de baja médica, dejas de cotizar"

Laura Moro

Foto: Bigstock

Viernes 28 de noviembre de 2025

4 minutos

El experto explica qué ocurre después de este tiempo

Un abogado avisa: "Cuando cumples los 18 meses de baja médica, dejas de cotizar"
Laura Moro

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Viernes 28 de noviembre de 2025

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El dinero que te quitan por estar de baja laboral en 2025

 

Cuando un trabajador no puede desempeñar su labor temporalmente por una enfermedad común, una enfermedad profesional o un accidente (ya sea laboral o no), puede recibir lo que se conoce como baja laboral o incapacidad temporal, una prestación otorgada por la Seguridad Social.

Para acceder a esta ayuda, es necesario cumplir ciertos requisitos: estar afiliado y dado de alta en la Seguridad Social (o en una situación asimilada al alta) y haber completado un período mínimo de cotización, que varía según la causa de la incapacidad:

  • Enfermedad común: se requiere haber cotizado 180 días dentro de los cinco años anteriores al inicio de la baja. Para los trabajadores a tiempo parcial, se consideran todos los períodos en los que estuvieron dados de alta, sin importar la duración de la jornada.

  • Accidente (laboral o no) y enfermedad profesional: no se exige período mínimo de cotización para poder recibir la prestación.

¿Cuánto dura la baja laboral?

La baja tendrá una duración de 365 días, en el caso de accidente o enfermedad, independientemente de cuáles sean sus causas, que se podrá prorrogar por otros 180 días, "cuando se presuma que, durante ellos, el trabajador pueda ser dado de alta médica por curación", indican. De esta manera, una persona podría llegar a acumular 545 días.

Qué pasa a partir de los 18 meses

@abogadovictorarpa A PARTIR DE LOS 18 MESES DE BAJA: NO COTIZAS #abogadolaboral #incapacidad #incapacidadpermanente #cotizacion ♬ sonido original - Abogado Víctor Arpa

 

"A los 545 días, dejas de cotizar". Así de claro lo explica Víctor Arpa, abogado laboralista en sus redes sociales. Lo que ocurre pasado este tiempo es que se cumple el límite legal de incapacidad temporal y la empresa suspende el contrato. Esto no significa que te hayan despedido, sino que "ya no tiene obligación de cotizar por ti".

Otra de las cosas que aclara Arpa es que no se acaba la relación laboral, sino que se trata de un cese de suspensión regulada, haciendo que la empresa ya no tenga la obligación de cotizar por la persona trabajadora: "Pasas a las manos de la Seguridad Social" que "te irá pagando mes a mes" mientras "estás a la espera de que decidan si te dan de alta, si te dan una incapacidad o bien si te prorrogan la baja médica", matiza el abogado.

En otras palabras, a partir de ese momento la Seguridad Social asume el control de dicho expediente y pago de la ayuda mientras el trabajador espera la resolución que puede ser alta médica, incapacidad permanente o prórroga de la baja.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera. Actualmente, escribe sobre temas de actualidad y cultura, realiza tareas de community management y coordina eventos.

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