Pensiones

Pensiones del SOVI: un régimen residual que solo cobran 289.361 personas

Pepa Montero

Miércoles 12 de febrero de 2020

ACTUALIZADO : Lunes 17 de febrero de 2020 a las 16:56 H

6 minutos

En 2020, los pensionistas del extinguido Seguro de Vejez percibirán 6.127,80 euros/año

Pensiones del SOVI: un régimen residual que cobran 289.361personas
Pepa Montero

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En el actual sistema de la Seguridad Social existe una clase de pensión residual llamada Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI), concedida en virtud de un régimen ya desaparecido desde los años setenta. El SOVI fue un seguro que estuvo en vigor desde 1939 hasta 1967 y cubría situaciones de jubilación e incapacidad permanente, incluyendo el derecho de la mujer a acceder a la pensión del trabajador fallecido que lo estuviera percibiendo.

A día de hoy, según las últimas estadísticas de la Seguridad Social, existen 289.361 pensiones del SOVI (fecha enero de 2020) que suponen un gasto de 116,13 millones de euros mensuales para las arcas públicas. Para 2020, el importe de las pensiones del extinguido SOVI es de 6.127,80 euros/año (pensiones no concurrentes) y de 5.947,20 euros (pensiones concurrentes con pensiones de viudedad de alguno de los regímenes de la Seguridad Social o con alguna de estas pensiones), según establece el Real Decreto-ley 1/2020, de 14 de enero. Se abonan en 14 pagas por año.

 

       PENSIONES CONTRIBUTIVAS POR REGÍMENES (1/01/2020) 

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Fuente: Seguridad Social

Tres clases: vejez, invalidez y viudedad

Tal y como especifica el portal de la Seguridad Social, existen tres tipos distintos de prestaciones del régimen del SOVI: 

– Pensión de vejez (equivale a la actual de jubilación). Para acceder a ella, el trabajador debía ser mayor de 65 años, o mayor de 60 si accedió al de vejez por una incapacidad originada por un accidente de trabajo o enfermedad profesional. Se trata de una pensión imprescriptible, vitalicia y de importe fijo.

En el caso de cobrar únicamente esta pensión, el importe está constituido por la pensión básica más las mejoras, que a partir del 1 de enero de 2020 es de 437,70 euros mensuales. Si existe concurrencia con otras pensiones, la cuantía es de 424,80 euros mensuales. En total, en enero existen 258.434 titulares de estas prestaciones de jubilación.

Las pensiones del SOVI son incompatibles entre sí. No obstante, cuando concurre en una misma persona el derecho a más de una de dichas pensiones, o estando en el disfrute de una de ellas nazca el derecho a otra, se opta por la más beneficiosa. Y si existe concurrencia con una pensión de viudedad, la suma de la pensión o pensiones de viudedad y la del SOVI no puede ser superior al doble de la pensión mínima de viudedad correspondiente a beneficiarios con 65 o más años vigente en cada momento, en cómputo anual.

– Pensión de invalidez (equivale a la actual incapacidad permanente). Para situaciones de invalidez absoluta y permanente para la profesión habitual, y no originada por causa imputable al trabajador o derivada de un accidente de trabajo o enfermedad profesional indemnizables. Destinada a perceptores con 50 años cumplidos. En la actualidad, la Seguridad Social abona 7.170 pensiones SOVI de invalidez.

Respecto a las cuantías para 2020, son las mismas que las citadas para la clase de vejez. Es decir, si no existe concurrencia con otras pensiones, el importe es de 437,70 euros mensuales desde el pasado día 1 de enero, mientras que si existe concurrencia con otras pensiones, los titulares pasarán a cobrar 424,80 euros mensuales.

–Pensión de viudedad. La viuda de un beneficiario de una prestación del SOVI tiene derecho a la mitad de la pensión que percibía el fallecido, siempre que fuera mayor de 65 años o estuviera incapacitada para el trabajo. Los 23.757 perceptores de esta pensión cobrarán la cuantía fija de 437,70 euros mensuales en 14 pagas, con efectos económicos a partir del pasado día 1 de enero.

Los últimos datos estadísticos, correspondientes a enero, muestran que un total de 1.149 pensiones del SOVI necesitan complementos de mínimos, lo que significa el 0,4% del total de las prestaciones contributivas que abona la Seguridad Social.  

Diferencias con las pensiones actuales

– Sólo las perciben aquellas personas que cotizaron antes de enero de 1967.

– Es preciso haber estado afiliado al Régimen del Retiro Obrero o tener cubiertos 1.800 días de cotización al Régimen del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) antes del 1 de enero de 1967.

– El importe de la pensión del SOVI es muy inferior a la pensión mínima actual, y además se trata de una cantidad fija.

- Las prestaciones por muerte y supervivencia del SOVI no incluyen la pensión de orfandad, la pensión en favor de familiares, ni el auxilio por defunción.

Sobre el autor:

Pepa Montero

Pepa Montero

Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).

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