
Tope en la nueva jubilación anticipada: la edad de retiro no podrá bajar de los 52 años
Albañiles, policías, conductores, sanitarios, limpiadoras o cuidadoras optan a pensión sin recortes

El Gobierno aprueba la nueva jubilación anticipada para profesiones penosas o peligrosas
Las personas trabajadoras que desarrollen una actividad profesional en la que existan elevados índices de penosidad, morbilidad o mortalidad podrán adelantar su jubilación, siempre y cuando no sea posible que la empresa mejore su puesto y condiciones. Así lo acaba de aprobar el Consejo de Ministros, al dar vía libre a unos nuevos coeficientes reductores de la edad de retiro, para las situaciones que lo requieran.
Ahora bien, "en ningún caso, la aplicación de los correspondientes coeficientes reductores podrá anticipar la edad de jubilación de los trabajadores a una edad inferior de 52 años. Y la pensión de jubilación anticipada por aplicación de coeficientes reductores reconocidos a la actividad no se podrá compatibilizar con el desempeño de la misma actividad que originó la anticipación", advierte el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, a cuyo frente se halla Elma Saiz.
El Gobierno ha dado, pues, el pistoletazo de salida para que empresas, sindicatos y autónomos pidan dichos coeficientes para determinados colectivos, entre los que aspiran a figurar los albañiles, conductores, policías, guardias civiles, bomberos forestales, buzos, transportistas de mercancías, sanitarios, limpiadoras, cuidadoras... que llevan meses, incluso años, reclamando jubilarse antes, sin recorte de pensión, debido a la penosidad de su trabajo.
Cómo afecta la nueva ley a las 10 profesiones actuales
¿Cómo afectará a los profesionales que ya tienen su propio sistema de retiro anticipado, como marineros, bomberos, mineros, toreros, pilotos, policía autonómica, local, etc.? En la actualidad, por ejemplo, los bomberos en ningún caso pueden acceder a la pensión de jubilación con menos de 60 años, o 59. Igual limitación se aplica a la Ertzaintza. Los policías locales, nunca con una edad inferior en 5 años a su edad ordinaria de jubilación, o en 6 años, según cotización.
Pues bien, a estos colectivos no les afecta la nueva regulación, ya que "el procedimiento previo para establecer coeficientes reductores de la edad de jubilación (...) únicamente se aplicará a nuevos colectivos, sectores y actividades u ocupaciones de grupos de trabajo que actualmente no tienen esta posibilidad", aclara el Ministerio.
Claves: edad, sexo y dureza en los últimos años laborales
Aunque el Gobierno no ha especificado qué colectivos de los varios reclamantes tendrán jubilación temprana sin recortes, la ministra Elma Saiz ha dado algunas pistas, al comunicar la aprobación de esta reforma, en el Consejo de Ministros de este martes.
"Sabemos que hay trabajos en especial dureza y otros que se hacen especialmente duros en los años últimos de vida laboral. No es solamente una intuición, los datos avalan que hay actividades con mayor siniestralidad y, en particular, hay actividades con más accidentes de trabajo y con más enfermedades profesionales asociadas", ha subrayado, en referencia a los criterios para determinar la penosidad de una actividad, entre ellos, la exposición a temperaturas extremas, ruido o vibraciones; el uso permanente de la fuerza física, y la exposición a agentes físicos, químicos o biológicos.
En estos supuestos cabrían los albañiles y trabajadores de la construcción, bomberos forestales o transportistas, por poner solo unos ejemplos.
También se tendrán en cuenta los trabajos con exposición a agentes físicos, químicos o biológicos, agresivos o nocivos. Y, entre las actividades peligrosas, se citan las susceptibles de causar un accidente laboral o enfermedad profesional al trabajador con un mayor grado de incidencia o frecuencia que otros trabajos.
La edad y el sexo serán asimismo factores de peso, de forma que "se tendrá en cuenta la incidencia del número total de procesos de incapacidad temporal del colectivo durante un periodo de observación con relación al total de trabajadores del colectivo, tanto de contingencia común como de profesional, para cada grupo de edad y sexo".
Cotización extra para empresas y trabajadores
Los colectivos o actividades penosas o peligrosas a los que se apliquen los nuevos coeficientes reductores tendrán que pagar un incremento en la cotización a la Seguridad Social, que "se fijará en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para cada año. Este incremento consistirá en aplicar un tipo de cotización adicional sobre la base de cotización por contingencias comunes, tanto a cargo de la empresa como de la persona trabajadora", detalla el Ministerio que dirige Saiz.
De esta forma, la Seguridad Social intenta que le compense el menor tiempo que trabajarán los empleados de esos sectores de actividad.
Quién y cómo se deciden las nuevas profesiones
Hasta ahora, el Gobierno decidía libremente las profesiones con derecho a adelantar la jubilación sin penalización, y de hecho, las 10 que pueden hacerlo no han variado en la última década.
A partir de estos momentos, los nuevos colectivos los decidirán de forma conjunta empresas, sindicatos, autónomos y, en algunos casos, las propias Administraciones Públicas. La petición se realizará ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, que emitirá un informe de morbilidad y mortalidad, y recabará los informes del Organismo Estatal de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y del Instituto de Seguridad y Salud en el trabajo.
Con esos informes, los expedientes pasarán a manos de una comisión de evaluación, donde estarán empresas y sindicatos, que será la que finalmente dictamine si existen o no circunstancias objetivas que justifiquen la aplicación de coeficientes reductores.
Los colectivos que logren el sí de dicha comisión, todavía deberán esperar a que el Gobierno apruebe el pertinente real decreto, para que la edad ordinaria de jubilación exigida en cada caso se rebaje mediante la aplicación de coeficientes reductores.