Los desahucios, destructores de escenarios de vida
Maricarmen Abascal, inquilina de un piso de 92 metros cuadrados en el acomodado barrio de Retiro, en el centro de Madrid, fue desalojada el pasado miércoles al no poder hacer frente a la subida de alquiler exigida por la empresa de inversión propietaria del inmueble. Después de un litigio de varios años en el que la justicia falló a favor de la empresa propietaria del inmueble, la comisión judicial ejecutó el desahucio al cuarto intento.
Mará del Carmen, que tiene movilidad reducida y una discapacidad del 50%, salió de la vivienda en camilla, fue trasladada al hospital y ha decidido alojarse con familiares cuando reciba el alta.
Hasta aquí la noticia; sin embargo, las imágenes, que se han hecho virales, nos muestran, de manera inequívoca, la magnitud del drama y, al mismo tiempo, lo indigno del suceso. Sí, porque el caso de María del Carmen es un ejemplo de maltrato institucional, aunque se haya realizado dentro de la ley, como ha escrito en este mismo diario Eduardo Ortega Hernández, abogado especializado en personas mayores. Ortega ha señalado: “Los jueces han aplicado correctamente la Disposición Transitoria Segunda de la LAU de 1994: la segunda subrogación de María del Carmen, hija del arrendatario originario, solo le daba derecho a permanecer dos años tras el fallecimiento de su madre, salvo discapacidad igual o superior al 65 %, que no tiene”.
Nos surge una primera pregunta: ¿qué supone tener una discapacidad del 65%?
El grado de discapacidad es un porcentaje que refleja el nivel de limitación que una persona experimenta para realizar actividades cotidianas debido a una condición física, mental, intelectual o sensorial. Este porcentaje no solo mide la limitación funcional, sino también el impacto que tiene en la vida diaria, la necesidad de apoyos técnicos y las barreras del entorno social y laboral.
Existen cinco grados de discapacidad, que van del 0, discapacidad nula (0-4%), al 4, discapacidad muy grave (75-100%). María del Carmen presenta un 50% de discapacidad, lo que la sitúa en el grado 3. Para hacernos una idea más precisa aclararé que las personas con este grado de discapacidad presentan una disminución muy importante de su capacidad para realizar la mayoría de las actividades cotidianas. Esta limitación afecta también al autocuidado, pudiendo necesitar ayuda para vestirse, asearse o comer. Así, por citar algunos ejemplos, pueden necesitar una silla de ruedas de forma ocasional o frecuente, o bien un andador o muletas de forma permanente. María del Carmen Abascal tiene una movilidad reducida, pero desconozco si, además, tiene otras limitaciones físicas que afecten su quehacer cotidiano.
Pero hay una segunda pregunta: ¿qué intervenciones han realizado los servicios sociales de su comunidad para evitar el desahucio? ¿Era beneficiaria de algún tipo de medidas de soporte, como estable la ley 8/2021, de 2 de junio?
Las diversas informaciones que han tratado el caso no dan una respuesta clara a esta cuestión, sin embargo, es obvio que una persona con un grado de discapacidad importante y que vive sola necesita tener medidas de soporte para la realización de las actividades de la vida diaria.
¿Y qué decir sobre los efectos psicológicos del desahucio?
Cuando se produce un desahucio no sólo se priva a una persona o a una familia del hogar donde reside, se la priva de algo mucho más íntimo y profundo: de su escenario de vida. En efecto, un hogar es el lugar en el que se desarrollan nuestras relaciones más íntimas, donde construimos nuestras historias, donde depositamos nuestros objetos; es, en definitiva, el lugar donde dejamos nuestra impronta. El escritor Gaston Bachelard, en su libro La poética del espacio, escribió que la casa es nuestro "primer universo" y un refugio para la imaginación y el ensueño. Para Bachelard, la función principal de la casa es la de proteger al soñador y permitirle armarse de valor ante las dificultades del mundo exterior. La casa es uno de los mayores poderes de integración para los pensamientos, los recuerdos y los sueños del hombre. Y es precisamente esa integración la que se pierde con el desahucio. Y, como consecuencia de esa pérdida, la persona entra en depresión, por lo que ya no tiene, y en angustia, por lo que le va a suceder, a menos que alguien, quizá alguna administración, le facilite un lugar donde poder construir nuevos sueños.
Pero está claro que a los fondos buitre estas consideraciones les importan bien poco, al fin y al cabo, ellos están preservados de ser desahuciados; y es que, muy probablemente, quienes presentan demandas en los juzgados para expulsar de sus hogares a los más débiles, como le ha sucedido a María del Carmen, gozan de amplias viviendas, situadas en parajes idílicos, con piscina climatizada, vistas al mar y, además, fuertemente protegidos por medidas de seguridad.
Termino citando nuevamente a Eduardo Ortega quien, en el artículo ante mencionado, propone una serie de medidas, entre ellas, que el juez no pueda autorizar el lanzamiento mientras no exista una alternativa habitacional adecuada y asequible, en el mismo entorno o en condiciones que respeten la salud y la autonomía de la persona mayor.
Personas como el abogado Ortega son muy necesarias, sobre todo en un entorno que presume, faltando a la verdad, de cuidar a sus mayores.
