Opinión

Las esenciales, olvidadas

Plataforma Unitaria de Auxiliares del Servicio de Ayuda a Domicilio

Martes 1 de septiembre de 2020

4 minutos

Plataforma Estatal de Ayuda a Domicilio (SAD).

Martes 1 de septiembre de 2020

4 minutos

Esta crisis sanitaria que estamos viviendo mostró, en su pico más álgido, quiénes eran imprescindibles para que las personas confinadas tuvieran garantizadas un mínimo sus necesidades y salud (nos declararon esenciales). Eran, en su mayor parte, mujeres con profesiones poco valoradas y mal pagadas.

Entre ellas, estamos nosotras, las auxiliares de ayuda a domicilio, el S.A.D. Nosotras –las que somos esenciales para que las personas más vulnerables tengan una vida digna y saludable en su domicilio sin tener que ingresar en una residencia que tan catastróficas han resultado ser– hemos vuelto a ser olvidadas por quienes tienen la responsabilidad de velar por la salud pública.

A pesar de ser esenciales, nosotras, las auxiliares, nunca hemos sido reconocidas como técnicas sociosanitarias –a pesar de tener la titulación que nos capacita–, por no trabajar en centros residenciales y hacerlo en domicilios.

Por ello, no se nos tiene en cuenta a la hora de considerar un posible contagio como accidente de trabajo, cosa que sí tiene el personal sanitario y sociosanitario. Nosotras, por contra, no aparecemos en el RD 6/2020 del 10 de marzo ni en el Plan de Respuesta Temprana.

Este vacío resulta inexplicable si atendemos a estas cifras. Según el IMSERSO, a fecha de 31 de diciembre de 2018, 67.930 personas usuarias eran atendidas en centros de día y, 280.317, en residencias. Por otro lado, según datos del CSIC, en 2019 las personas usuarias de residencias fueron 333.920, porque incluían a personas de 60 a 64 años que no están consideradas mayores. En total, atendiendo a las cifras mayores, dan en total 401.850 personas usuarias en centros residenciales. 

Sin embargo, en el S.A.D., para esas mismas fechas, y según el IMSERSO, atendíamos a 451.507 personas. Y esta cifra no es real, ya que el S.A.D no atiende sólo a personas mayores, también lo hacemos con personas con discapacidad, patologías graves (oncológicos, Alzheimer, Parkinson, etc), a infancia y familias vulnerables en exclusión. Con todo, nosotras atendemos a 49.657 personas mayores más que los centros residenciales, ¿por qué entonces este vacío por parte del Ejecutivo?

Durante el pico de la pandemia no sólo estuvimos desprotegidas nosotras, lo estuvieron también las personas que atendíamos. No teníamos batas desechables, los guantes eran de mala calidad y, dependiendo del lugar y empresa, nos daban 2 ó 3 mascarillas quirúrgicas a la semana que, debido al vapor al duchar a la usuaria, las gotas que salpican y el propio sudor de la auxiliar, quedaban ineficaces en el primer servicio.

Nosotras atendemos entre 4 y 7 personas al día y, durante 2 o 3 días, les atendíamos con la misma mascarilla que desinfectábamos como podíamos en nuestras casas, porque tampoco nos dieron gel desinfectante ni ningún otro producto, los comprábamos nosotras.

Además, no podemos mantener distancia de seguridad. Nosotras aseamos, vestimos, hacemos cambios posturales, damos de comer o medicación, y eso, hay que hacerlo con contacto estrecho, cuerpo a cuerpo, piel con piel... Y no podemos ser vectores de contagio para personas que son de riesgo ni podemos ser contagiadas haciendo nuestro trabajo.

Mucho se habla de las víctimas de este virus entre personal sanitario y de residencias como de usuarias de éstas, pero no hay un sólo dato de las que puedan haber en el S.A.D. Quizá, porque ni administración ni empresas se sienten obligadas, al ser un servicio que se presta en la intimidad del domicilio. Intimidad, que alegan tanto administraciones como empresas para no hacer evaluación de riesgos laborales, aun estando amparadas por la legislación española, europea y la OIT.

Pero esta es una excusa infantil, una de mal pagador. Si bien es cierto que el derecho a la intimidad está protegido en el art. 18 de la Constitución como derecho fundamental, también lo está el derecho a la vida y la integridad física en su art. 15. Y si hay un derecho fundamental entre los derechos fundamentales es el derecho a la vida y la integridad física. Unos derechos, que parecen no importar cuando se trata de garantizarlo tanto a las personas que reciben como a las que prestamos asistencia en el domicilio.

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