Templanza colectiva versus "¡Métete en casa, vieja!"

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Templanza colectiva versus "¡Métete en casa, vieja!" Miia

El pasado 10 de junio, 65YMAS publicó un artículo titulado Templanza colectiva, firmado por Joaquín Ramos, vicepresidente de la Comisión Séniors del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB). El autor se refería, entre otros elementos, al hastío colectivo y al hecho de que cada vez cuesta más convivir serenamente, especialmente en los núcleos urbanos, y añadía algo que, en mi opinión, es de gran relevancia: la necesidad de recuperar la templanza, entendida en términos de moderación, equilibrio y capacidad de comprender que vivimos compartiendo espacios, límites y necesidades comunes. Cierto, compartimos espacios y necesidades, pero ello se enmarca en un contexto de convivencia y ésta requiere el equilibrio entre libertad individual y responsabilidad colectiva. Pero, ¿en qué consiste la responsabilidad colectiva?

La responsabilidad colectiva es el principio ético, legal y social mediante el cual un grupo o comunidad asume las consecuencias de las acciones de sus miembros. Sin embargo, como escribió la jurista Lidia M. Rosa Garrido, una de las características de nuestra sociedad es el anonimato que rodea al individuo y genera en él la sensación de necesitar un grupo de referencia, a la vez que dicho grupo le puede brindar cierta sensación de impunidad, Así el resultado de esta combinación es que el “otro” (el que no pertenece al grupo, la victima muchas veces) surge solo difusamente y no como un destinatario con rostro. Es como si fuese ficticio y no real, no se tiene ningún vínculo, ni simpatía y ni siquiera se piensa en el otro como sujeto. Esto indudablemente hará más fácil la realización de ciertas conductas. En otras palabras, el grupo cohesiona, crea identidad y sentimiento de pertenencia, pero también facilita la impunidad ante la realización de hechos constitutivos de falta o delito.

Lo que voy a narrar constituye un ejemplo de conducta que se sitúa en las antípodas de la templanza y, además, es una falta.

Los hechos ocurrieron durante la celebración de una fiesta popular en una población de unos 8.000 habitantes. Por la noche, pasadas las 22 horas, un grupo de jóvenes ocuparon un espacio urbano y organizaron una fiesta musical. Resalto que el encuentro tuvo lugar dentro del mismo núcleo poblacional, no en las afueras. En ocasiones anteriores, los vecinos ya habían tenido que soportar ruidos muy superiores a los permitidos por las respectivas ordenanzas municipales. Conviene recordar que en España existe la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, que tiene como primer objetivo prevenir, vigilar y reducir la contaminación acústica, para evitar y reducir los daños que de ésta puedan derivarse para la salud humana, los bienes o el medio ambiente. La misma ley establece los límites, en términos de decibelios, que no pueden superarse. En horario diurno, es decir, de 7 a 23 horas, los límites establecidos oscilan entre los 55 y los 65 decibelios; y en horario nocturno, los límites oscilan entre los 45 y los 55 decibelios.

En el caso que nos ocupa, los niveles de ruido llegaron a superar ¡los 90 decibelios! Más aún, algunos vecinos llegaron a comprobar las vibraciones de las ventanas de sus domicilios. Obviamente, esa noche ninguno de los vecinos pudo descansar.

Pero lo más grave ocurrió en los preparativos de la fiesta, cuando una de las vecinas vio que un grupo de jóvenes instalaba una mesa frente al portal de su casa. Al pedirles que la retiraran, ya que obstaculizaba el paso, uno de los jóvenes le espetó: “¡Métete en tu casa, vieja!”.

Para aquel individuo, su libertad individual estaba por encima del derecho de esa otra persona, vieja, a poder salir y entrar de su casa. Esa mujer había perdido su estatuto de sujeto. El pertenecer a un colectivo le permitió a aquel individuo actuar con total impunidad, amparándose en su “derecho” a disfrutar de la noche, aunque ello supusiera que otros, los no pertenecientes al grupo, no pudieran descansar ni tener derecho a su movilidad.

Recupero las palabras de Joaquín Ramos: moderación, equilibrio y capacidad de comprender que vivimos compartiendo espacios, límites y necesidades comunes. Compartir supone renunciar, ser generosos con el otro, escuchar sus necesidades y, sobre todo, reconocerlo como sujeto. La historia nos muestra, con terrible insistencia, que las mayores crueldades humanas se han llevado a cabo destituyendo a las víctimas de su condición de seres humanos. En este sentido, convendría que la llamada Educación en Valores insistiera una y mil veces en la defensa de la condición de sujeto de todo ser humano. 

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