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Por qué no puedes pedir el paro mientras te queden vacaciones retribuidas

Laura Moro

Foto: Bigstock

Viernes 21 de noviembre de 2025

3 minutos

Es imprescindible estar en "situación legal de desempleo"

Por qué no puedes pedir el paro mientras te queden vacaciones retribuidas
Laura Moro

Foto: Bigstock

Viernes 21 de noviembre de 2025

3 minutos

Cuando una persona termina de trabajar, lo más probable es que quiera acogerse lo antes posible al paro para poder cobrar la prestación por desempleo. Sin embargo, existe una situación determinada que impide a estos trabajadores empezar a percibir esta ayuda. 

Tal y como explica el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) si el finiquito incluye una compensación por días de vacaciones no disfrutados, el trabajador debe esperar a que transcurra ese periodo antes de poder presentar su solicitud.

La razón fundamental de esta espera radica en un concepto legal estricto: la "situación legal de desempleo". La prestación por desempleo solo se puede percibir una vez que se inicia la "situación legal de desempleo". Mientras el trabajador está en el periodo equivalente a las vacaciones que la empresa le ha pagado en la liquidación o finiquito, aún no se le considera oficialmente como desempleado.

Durante este lapso de tiempo en el que se abona el periodo vacacional no disfrutado:

  1. El trabajador permanece legalmente vinculado a la empresa.
  2. Sigue siendo obligatoria la cotización a la Seguridad Social por parte de la empresa.

Por lo tanto, la situación legal de desempleo solo se produce tras el periodo de vacaciones que no han sido disfrutadas y que fueron objeto de pago. Este cómputo incluye días naturales, abarcando fines de semana y festivos.

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Pasos y plazos

El impulso de ir cuanto antes al SEPE es común, pero puede derivar en un error. Si se intenta solicitar el paro antes de que finalicen los días de vacaciones abonados, la consecuencia más probable es una denegación temporal o la exigencia de presentar documentación adicional.

Una vez que el periodo de vacaciones retribuidas ha transcurrido, se inician los plazos para la solicitud:

  • El trabajador tiene un plazo de 15 días hábiles a partir del fin de ese periodo para presentar la solicitud de prestación.
  • Este margen es vital, ya que exceder dicho plazo podría llevar a una reducción en la duración total de la prestación o incluso a la pérdida de una parte de ella.

Diferencia entre inscripción y solicitud

Es importante diferenciar entre la inscripción como demandante de empleo y la solicitud efectiva de la prestación. La inscripción como demandante de empleo es un requisito previo imprescindible. Este trámite se puede completar con antelación, incluso durante los días de vacaciones reconocidos.

Sin embargo, el alta como demandante de empleo no activa automáticamente la prestación; solo habilita al individuo para poder solicitarla cuando, finalmente, se encuentre en la situación legal de desempleo.

La misma lógica de la "situación legal de desempleo" se aplica si el contrato finaliza mientras el trabajador se encuentra de baja por incapacidad temporal o por nacimiento de hijo o hija, ya que en esos casos la persona percibe una prestación económica de incapacidad temporal o por nacimiento/cuidado del menor, gestionada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, y la situación legal de desempleo solo se produce una vez que dichas situaciones finalizan.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera. Actualmente, escribe sobre temas de actualidad y cultura, realiza tareas de community management y coordina eventos.

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